Prisión preventiva para 4 detenidos durante las protestas contra la Ley Bases

Por: Néstor Espósito

Lo estableció la Cámara Federal. De esta forma, solo uno de los 5 que continúan detenidos recuperará la libertad.

La Cámara Federal porteña mantuvo la prisión preventiva para cuatro de los cinco detenidos por las protestas frente al Congreso contra la sanción de la Ley Bases. Sólo uno de los detenidos, Facundo Gómez, recuperará la libertad. La decisión corresponde a los camaristas Martín Irurzun y Eduardo Farah. El tercer integrante del tribunal, Roberto Boico, se había inclinado por conceder la excarcelación para cuatro.

Inicialmente, los detenidos fueron 33, pero 28 de ellos recibieron la falta de mérito y recuperaron la libertad tras pasar hasta seis días detenidos. En el caso de Gómez, el único excarcelado por la Cámara, el fallo coincide en que “los factores dirimentes que se valoraron en esos casos (los de los cuatro que permanecerán detenidos) no se advierten en el presente”.

“Las características de las acciones concretas que se le endilgaron a Gómez no poseen conexión con el tenor de las medidas de prueba actualmente en curso, de manera que quepa presumir su posibilidad de entorpecer el normal desarrollo de la instrucción en lo que sigue”, coincidieron los jueces Irurzun y Boico. Farah votó por rechazar todas las excarcelaciones.

Sobre Gómez, el fallo sostiene que “se carece de otros indicadores de riesgo procesal –carece de antecedentes penales, así como de otras investigaciones o declaraciones de rebeldía en su contra y cuenta con arraigo- que refuercen los signos que surgen de las particularidades de los eventos”.

Gómez está procesado como autor del delito de “intimidación pública en concurso ideal con atentado contra la autoridad”. El procesamiento le reprocha que “arrojó objetos contundentes a la policía, a la par que alentaba al resto de los allí presentes a que procedieran de igual forma. En el mismo marco se incautaron bombas de humo (portadas por otros implicados y en la calle) y fueron incendiados diferentes bienes de uso público y otras cosas”.

El juez Boico escribió en su fallo que “una sociedad que pretende transitar su experiencia colectiva bajo los valores democráticos que inspiraron el proyecto constitucional debe ejercer los derechos que le acuerda la Constitución sin lesionar otros de igual raigambre, pero esa misma máxima, en cuanto al alcance y límites de tal ejercicio, debe respaldar – con mayor énfasis – las decisiones que las autoridades públicas adopten al respecto. Un encarcelamiento preventivo en este contexto específico y sin que se avizore la expectativa de una eventual condena de ejecución efectiva podría resignificar la medida hacia otra totalmente ajena a la gobernada por la ley procesal y la Constitución. Es el Poder Judicial de la Nación quien debe velar por el respeto irrestricto de los derechos de las personas, todas, e incluso compatibilizarlos adecuadamente cuando pareciera que varios de ellos colisionan”.

Permanecerán detenidos, al menos por ahora, Patricia Calarco Arredondo, David Sica, Cristian Valiente y Roberto De la Cruz Gómez.

“Existe una razonable conexión entre las particularidades de los eventos concretos en que habría participado el imputado, los demás acontecimientos detectados, el actual curso de la instrucción y el elevado riesgo procesal que, con base en la correlación entre esos extremos”, coincidieron los jueces Irurzun y Farah al rechazar las libertades.

De todos modos, el rechazo se vincula sólo con el pedido de excarcelación. Todavía queda pendiente el análisis de los procesamientos dictados por la jueza María Servini. De ello dependerá en el futuro a corto plazo que los detenidos recuperen –o no- la libertad.

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