Confirman el procesamiento de Alberto Fernández por violencia de género

La decisión fue de los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, mientras que Roberto Boico votó en disidencia.

El procesamiento del ex presidente Alberto Fernández en la causa por violencia de género contra la ex primera dama Fabiola Yañez fue ratificado este martes por la Cámara Federal porteña. Esta decisión, lo deja en la antesala de un juicio oral.

La decisión fue de la sala II del Tribunal de Apelaciones, con los votos de los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah y disidencia de Roberto Boico, según la resolución a la que tuvo acceso la Agencia Noticias Argentinas.

Fernández quedó con procesamiento confirmado por «lesiones leves y lesiones graves agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género y por amenazas coactivas».

También se confirmó un embargo de 10.000.000 de pesos sobre los bienes del exmandatario y se desestimaron los planteos de nulidad promovidos por su defensa.

Los motivos de los jueces que procesaron a Alberto Fernández

«Es probable que los delitos se hayan cometido del modo en que fueron descriptos por las partes acusadoras», afirmó el juez Martín Irurzun en la resolución, de 82 carillas.

Los hechos «sucedieron en un ámbito muy especial (la Quinta Presidencial de Olivos), fuertemente custodiado por funcionarios federales bajo el mando de Fernández», advirtió Irurzun.

«Se ha establecido que, forzada por la naturaleza de su relación, la víctima tuvo que practicar una suerte de reclusión en un espacio para huéspedes de la residencia. También, que tenía un alto grado de aislamiento -fue auxiliada por familiares directas que declararon en la causa-. Valorar en su justa dimensión este contexto es fundamental», concluyó al confirmar el procesamiento.

Yañez «era alguien que notoriamente estaba en una situación de desigualdad de poder, al interior y exterior de la pareja, con relación a su victimario», agrega la sentencia.

En un contexto así, «por imperio del sentido común más básico, es razonable presumir que, en ese momento, no guió a sus acciones otra finalidad que pedir algún modo de auxilio sobre una situación que, efectivamente, había pasado, estaba pasando y, evidentemente, seguiría pasando», advirtió el juez.

La Cámara confirmó lo que había resuelto el juez federal Julián Ercolini con intervención de la fiscalía de Ramiro González.

En disidencia, el camarista Boico votó en minoría por dictar la falta de mérito y pedir una profundización de la pesquisa.

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