Tras una crisis sanitaria, votaron una ordenanza que regula las radiaciones de los celulares

Por: Jesús Cabral

Los miembros de la ONG CORTe advierten que la tecnología 5G, sin la correspondiente regulación, pone en peligro la integridad física, mental y emocional de todas las personas.

Ciudadanos Organizados para Regular Telecomunicaciones (CORTe) denuncian un aumento exacerbado de enfermedades y señalan que es culpa de la tecnología 5G. Argumentan que existen centenares de estudios científicos que confirman los daños a la salud que produce.

En la localidad Comandante Luis Piedrabuena, de la provincia de Santa Cruz, viven aproximadamente 10 mil habitantes. La comunidad está alarmada por el estado de sanidad de sus pobladores. Por eso, se organizaron y aplicaron medidas para expresar el reclamo. La intendente Analía Farías, tomó la decisión de votar la ordenanza.

Cientos de personas enfermas  

Luis María Jiménez es antropólogo, consultor ambiental y miembro de la organización: «El disparador para que los vecinos se movilicen fue haber comprobado más de 200 casos de cáncer, junto a otras patologías crónicas como autismo y Alzheimer. También ocurrieron muchos otros con consecuencias graves, entre ellos, abortos espontáneos e insomnio», denunció en diálogo con Tiempo.

Cabe destacar que numerosos trabajos científicos realizados -sin conflicto de intereses y revisados por distintos grupos de profesionales- ubican a todas las patologías encontradas en esa localidad santacruceña como consecuencia directa de las radiaciones electromagnéticas no ionizantes. Las que provienen de los artefactos vinculados a la transmisión de datos de forma inalámbrica.

No solo estudiaron el aspecto sanitario, sino también medidas restrictivas a la tecnología inalámbrica aplicada en varios países de Europa y zonas de Estados Unidos, para evitar crisis sanitarias. Como ser, la Resolución 1815, de la asamblea parlamentaria de la Unión Europea, las normas ALARA y  Normas TAS.

Ello, teniendo en cuenta que Argentina no posee una Ley que regule las radiaciones de las comunicaciones telefónicas inalámbricas. «Para esto solo contamos con una ‘regulación’ del Ministerio de Salud publicada en el año 1995, que permite una exposición hasta los 965 microwats por centímetro cuadrado. Es algo que quedó obsoleto por los avances de la tecnología y  la ciencia”, explicó Jiménez.

Con el fin de analizar y comprender todo este universo de conocimientos científicos y regulaciones adoptadas en los países más adelantados tecnológicamente, los ciudadanos, realizaron reuniones informativas durante varios meses. 

«En esta línea la intendente Analía Farías prometió apoyar nuestra gestión, sosteniendo su conocimiento y compromiso con la causa, de tal forma -señaló el antropólogo- que incluso participa integrando  el grupo de difusión de CORTe en la localidad de Comandante Piedrabuena».

La ley y la trampa en las radiaciones

Fue en este marco que el pasado 5 de junio, el HCD de ese pueblo votó por unanimidad la ordenanza 16/25, que establece un límite de densidad de radiación de 10 microvatios por centímetro cuadrado para las telecomunicaciones locales. El logro fue ampliamente festejado por la comunidad local y nacional.

Los vecinos pidieron la promulgación de la ordenanza presentada el pasado 17 de julio (entre otros pedidos informales) y fueron citados a la municipalidad el pasado 29 de julio. Sin embargo, con gran sorpresa, «al recibir la documentación nos enteramos de un cambio dramático, comprobamos que  la ordenanza votada por unanimidad el día 5 de junio, había sido vetada el 9 de junio», remarcó Jiménez.

Las irregularidades

Todos los ciudadanos intervinientes, vecinos, concejales y asesores técnicos, señalaron lo extraño en el procedimiento que parte de  una serie de irregularidades: «Habiendo transcurrido solo 4 días entre la sanción de la ordenanza en el HCD y el supuesto veto, la comunicación oficial fue realizada a los 50 días», apuntó el antropólogo.

Continuó relatando. «Los ciudadanos argentinos tenemos derecho de efectuar oposición a cualquier acto de gobierno, dentro de los límites que imponen las leyes correspondientes. Dicho acto de oposición puede ser presentado dentro de los quince días de firmado el acto de gobierno». 

Jiménez continuó remarcando. «Toda ordenanza sancionada por el HCD que no reciba veto durante los primeros 15 días hábiles, se considera promulgada. La lista de irregularidades es más amplia, por el momento, es lo que podemos comunicar hasta el momento».

Terminó: «Por todo este recorrido que he detallado, durante los últimos días, el Honorable Concejo Deliberante de Comandante Luis Piedra Buena, finalmente tomó la firme decisión de votar nuevamente la ordenanza que regula las radiaciones electromagnéticas no ionizantes de la telefonía móvil en este municipio». 

Una ONG de vecinos se opone al 5G en los municipios: «Nos organizamos por el derecho a un ambiente sano»

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