Rechazan un pedido de Santoro para anular los informes que lo viculan con D’Alessio

Por: Néstor Espósito

La Cámara Federal de Mar del Plata respaldó la actuación de la Comisión Provincial por la Memoria, que analizó el contenido de computadoras y celulares del falso abogado a pedido del juez Ramos Padilla.

La Cámara Federal de Mar del Plata volvió a respaldar la actuación de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), el organismo defensor de los derechos humanos que preside el Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel, en la “Causa D’Alessio”.

“Teniendo en cuenta la experiencia reconocida internacionalmente de dicho organismo, y toda vez que la Comisión ha realizado ya cuatro informes que han sido de enorme utilidad a los efectos de sistematizar y describir la prueba, circunstancias que también cuenta con el respaldo de intervenciones anteriores en otros casos de gran relevancia, resulta adecuada y pertinente su intervención” en la causa, sostuvo la Cámara.

La defensa del periodista Daniel Santoro había pedido la nulidad de todo lo actuado por la CPM, que elaboró a pedido del juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, cuatro informes analizando la documentación extraída de los teléfonos y las computadoras del falso abogado Marcelo D’Alessio.

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“Por más que la defensa (de Santoro) haya intentado demostrar el acaecimiento de un determinado perjuicio en franca violación con el debido proceso, entiendo que el proceder (de Ramos Padilla) a lo largo de la instrucción se ajusta a derecho y respeta claramente las prerrogativas que emanan de nuestra Constitución Nacional”, sostiene el fallo de la Cámara, al que accedió Tiempo.

Los jueces Eduardo Giménez y Alejandro Tazza recordaron que “ninguna conclusión o análisis que realice la Comisión Provincial por la Memoria resulta vinculante para el Tribunal, ni exime de realizar una valoración autónoma –sustentada en la prueba y en las reglas de la sana crítica racional- al momento de realizar cualquier resolución de mérito”.

Así, la CPM se erige como una colaboradora convocada por el juez para la investigación. “El reclamo vinculado con la falta de capacidad o legitimación del organismo, dada la experiencia y la trayectoria en materia judicial de la CPM carece de sustento y, por otro lado, tal como ha explicado la Cámara, resulta ser un órgano auxiliar de la justicia”.

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