La Cámara Federal porteña revocó sobreseimientos por prescripción que había dictado el juez Bonadio. Y ordenó reabrir causas por vejámenes a civiles por parte efectivos de la Federal que siguen en actividad.

En esta causa se investigan presuntas «vejaciones perpetradas por determinados miembros de la Policía Federal Argentina en perjuicio de un número de personas que acudieron durante la mañana del 20 de diciembre de 2001 a manifestarse frente a la Casa de Gobierno», previo a la renuncia de De La Rúa..
Esa mañana, luego que la Dirección General de Operaciones de la PFA. diera la orden de “despejar” la Plaza de Mayo, «una línea de efectivos montados a caballo avanzó sobre la gente apostada en dicho lugar», recordó la Cámara.
Según la acusación «algunos de sus miembros, en espacios y momentos concretos, golpearon a los civiles con diferentes elementos, ocasionando lesiones a un número de ellos». Los imputados fueron indagados y luego se les dictó falta de mérito.
«Por ese entonces, esta Cámara instó fuertemente a que se hicieran medidas básicas todavía no concretadas, con miras a identificar suficientemente a quienes estuvieron efectivamente involucrados en los hechos violentos cometidos contra los manifestantes», se recordó en el fallo.
La fiscalía «reunió nuevas evidencias y solicitó los procesamientos de los nombrados por el delito de vejaciones», se agregó. El juzgado dictó entonces el sobreseimiento de todos por el paso del tiempo. Pero la Cámara remarcó al reabrir el caso que Rodríguez, uno de los indagados, es «en la actualidad Comisario Inspector del Departamento de Control Operacional» de la PFA.
«Se trata de la misma fuerza en que se desempeñaba cuando ocurrieron los eventos, en que siguió trabajando ininterrumpidamente», advirtieron los camaristas.
El Tribunal dispuso que este hecho suspende los plazos para calcular la prescripción «por el carácter público de la función y por el ámbito en que se lleva a cabo».
La Cámara revocó la prescripción y los sobreseimientos y encomendó al juez «expedirse respecto de la situación procesal de los imputados» y dar cumplimiento «a todos los intereses legítimos que así lo exigen».
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