Requisitos para la inscripción en la Audiencia Pública

Lo que hay que saber para participar en persona o virtualmente para debatir sobre las nuevas tarifas de gas.

La Audiencia Pública en la que se discutirá el nuevo cuadro tarifario del gas ya cuenta con más de 300 expositores inscriptos. La misma se realizará el viernes próximo desde las 9 horas en la Usina del Arte y hay tiempo apara anotarse hasta el miércoles y si bien habrá capacidad limitada presencial, también se puede participar de manera virtual. Quiénes y cómo pueden ser parte de la misma.

De la Audiencia Pública pueden participar todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que invoquen un derecho subjetivo, interés simple o derecho de incidencia colectiva, conforme los requisitos previstos en el Procedimiento establecido por ENARGAS en su resolución Nº 3158/05.

La inscripción para asistir a la misma se realiza retirando el Formulario de Inscripción de la Sede Central del ENARGAS (Suipacha 636, CABA, de lunes a viernes de 10 a 17 hs.) y presentarlo en el mismo lugar y horario, luego de completarlo debidamente cumpliendo los requisitos previstos en la resolución anteriormente mencionada. La inscripción también se encuentra habilitada en todos los Centros Regionales de esta Autoridad Regulatoria.

Quienes deseen exponer en la audiencia, es necesario acompañar también el informe previsto en el inciso b) del artículo 2 del Anexo I de la citada resolución, el cual establece como requisito para la participación, además de la inscripción, la “presentación de un informe que refleje el contenido de la exposición a realizar”. La presentación del Formulario de Inscripción debe realizarse, sin excepciones, hasta dos días antes de la audiencia, es decir hasta el miércoles 14. Además ante la capacidad limitada del auditorio, el ingreso puede sufrir limitaciones.

Para quienes quieran participar virtualmente, el Formulario disponible la página web: www.enargas.gov.ar/AudienciaPublica/audiencia_publica.php. El mismo sirve para brindar a la opinión o comentario del interesado, hasta la finalización de la audiencia. Estas serán consideradas en forma previa a la decisión sobre el objeto de ésta en los términos de la resolución ENARGAS N° I-3953/16. La misma no habilita para la inscripción para asistir como orador a la audiencia y se extenderá hasta el día y hora de finalización de la Audiencia Pública.

El orden de exposición de los participantes será establecido por el ENARGAS y constará en el Orden del Día, que estará disponible en el lugar de la audiencia un día antes de su realización, y en la página web del organismo (www.enargas.gov.ar). El presidente de la Audiencia podrá exigir, como también los participantes solicitar, la unificación de las exposiciones de las partes con intereses comunes.

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