Se trata de Lidia Margarita Casciano, de 67 años, conocida como “Dali Revolución”, quien entre julio y agosto de 2022 escribió en WhatsApp en varias oportunidades que ponía a disposición su arma para la "actividad bala".

La medida fue dispuesta contra Lidia Margarita Casciano, de 67 años, conocida como “Dali Revolución”, a quien el juez federal Marcelo Martínez De Giorgi le dictó un embargo de un millón de pesos sobre sus bienes, según el fallo al que accedió Somos Télam.
En la misma causa ya fueron procesados Jonathan Morel y otros tres integrantes de Revolución Federal, Leonardo Sosa, Gastón Guerra y Nilda Basile, por el mismo delito, pero restaba resolver la situación de Casciano.
La resolución recuerda que en el transcurso de la investigación y habida cuenta de que el delito tuvo lugar mediante convocatorias en redes sociales, se secuestraron los teléfonos celulares de los imputados para su análisis y se encontraron los siguientes mensajes, que motivaron la imputación de Casciano.
El 22 de julio de 2022, “Dali Revolución” respondió a un video identificado como “Manifestantes autoconvocados amenazaron de muerte a Cristina Kirchner”, con el mensaje: “Lo que fue agresivo fue el mensaje de amenaza de muerte (…) Que no es una mala idea tengo una 9 mm cualquier cosa me avisan“.
El 25 de julio, tras una convocatoria de Sabrina Basile a “defender al campo” en la Sociedad Rural, insistió: “Tengo una 9 mm y el mástil de la bandera y tengo fas (sic) pimienta”.
El 25 de agosto, “Dali Revolución” reaccionó a un video compartido por Morel, denominado “La llegada de Cristina Kirchner rodeada de militancia”, con el mensaje “Una granada ahí (…) Mi límite es la 9 mm que tengo”.
El 27 de agosto “Dali Revolución” le dijo a Morel: “Yo no estoy en el grupo pero contá conmigo (para) la actividad bala, tengo unas ganas de usar mi 9 mm” (sic).
Del análisis del teléfono también surgió que la mujer tenía en su poder cuatro imágenes de índole humorístico en relación al intento de homicidio de Fernández de Kirchner y también había concurrido a la quinta de Olivos en ocasión de una protesta contra la exprimera dama Fabiola Yañez, ocasión en la que conoció a Morel.
Al fundamentar el procesamiento, Martínez de Giorgi sostuvo que “Casciano ha efectuado manifestaciones dentro de un grupo de WhatsApp e incluso con el mismo Jonathan Morel en la misma línea que las expresadas en tal grupo, de indudable contenido violento contra Cristina Fernández de Kirchnner y un grupo de seguidores de su partido político”.
Al respecto, entendió que “no puede admitirse el ejercicio irrestricto del derecho a la libertad de expresión cuando su ejercicio se torna abusivo y lesiona derechos de terceros -su seguridad, libertad e integridad física- o vulnera bienes jurídicos como la paz social o la tranquilidad pública”.
“Es por ello que, realizar manifestaciones que inciten públicamente a la violencia no puede considerarse como el libre ejercicio del derecho de la libertad de expresión, excediendo a la expresión de ideas”, destacó el magistrado y enmarcó los dichos de la mujer en “discursos de odio” diseñados “para intimidar, oprimir o incitar al odio o la violencia”.
Si bien la pistola de la que hablaba la imputada no tuvo relación con el atentado a Cristina Kirchner cometido por otro joven, Fernando Sabag Montiel, se secuestró esa arma (marca Bersa semiautomática) de su domicilio en San Fernando junto con cargadores y municiones.
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