La decisión de la Dirección de Migraciones incluye a ciudadanos de China, Corea del Sur, Irán, Japón, Estados Unidos, el Reino Unido y la Unión Europea.

Así lo resolvió la Dirección Nacional de Migraciones a través de la disposición 1644/2020 publicada este jueves en el Boletín Oficial con la firma de la titular de ese organismo, María Florencia Carignano.
«Suspéndase en forma transitoria, la tramitación de solicitudes de admisión como ‘residente temporario’ de los extranjeros que se encuentren en el exterior y sean nacionales y/o provenientes de la República Popular de China, Corea del Sur, la República Islámica de Irán, Japón, Estados Unidos, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, los estados de la Unión Europea y los países que conforman el espacio Schengen», dice el artículo 1 de la norma.
Asimismo precisa que serán alcanzados los extranjeros que tengan categoría de «trabajador migrante, rentista, pensionado, inversionista, científicos y personal especializado, deportistas, artistas, religiosos de cultos reconocidos oficialmente, académicos y estudiantes».
En un comunicado, el Ministerio del Interior precisó que, para los casos de Japón, Estados Unidos y Europa -cuyos ciudadanos no requieren visa para el ingreso como turistas- deberán «atenerse a las recomendaciones sanitarias vigentes de 14 días de aislamiento desde el ingreso al país».
«En todos los casos de procedencia de los países afectados, se suspenderán también el otorgamiento de visas específicas con fines deportivos, culturales, laborales y educativos», añadió esa cartera.
Por otra parte, la Dirección de Migraciones solicitó a la Autoridad Nacional de Aeronavegación Civil (ANAC) y las autoridades aeroportuarias «coordinar medidas para evitar la concentración de pasajeros en el aeropuerto internacional de Ezeiza».
Como parte del protocolo fijado por la Dirección de Sanidad de Fronteras del Ministerio de Salud en torno a la circulación de coronavirus, Migraciones también adoptó el doble vidrio en las cabinas de trámites y dispuso el uso obligatorio del alcohol en gel.
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