Una fiscal PRO avanza contra siete metrodelegados por «asociación ilícita»

Por: Gastón Rodríguez

Celsa Ramírez los acusa con esa figura legal por considerar que los trabajadores, que participaron de una protesta por la reapertura de paritarias, pertenecían al mismo sindicato. El viernes, audiencia clave.

El próximo viernes, la titular de la Fiscalía Contravencional, Penal y de Faltas N°35, Celsa Victoria Ramírez, deberá defender los argumentos sobre la imputación de asociación ilícita a siete trabajadores del subte durante una protesta el año pasado. Ramírez había basado esa figura legal en el hecho de que todos los acusados pertenecían al mismo gremio.

En mayo de 2018 se llevaron a cabo las protestas para reclamar la reapertura de paritarias. En ese momento, efectivos de la Policía de la Ciudad desalojaron las vías de la Línea H y detuvieron a 16 trabajadores, entre ellos, el delegado de la Asociación Gremial de Trabajadores del Subte y Premetro (AGTSyP), Néstor Segovia, por «atentado y resistencia a la autoridad».

Las medidas de fuerza habían comenzando en abril, luego del acuerdo paritario que firmaron la Unión de Transporte Automotor (UTA), la concesionaria Metrovías y la empresa estatal Subterráneos de Buenos Aires (SBASE), que estableció un aumento salarial del 15,2%, en dos tramos. Los metrodelegados rechazaron ese convenio por considerarlo insuficiente mientras, en paralelo, no reconocen la representación de la UTA.

En ese contexto, la fiscal Ramírez imputó a siete trabajadores –seis hombres y una mujer– «por impedir el normal funcionamiento del subte, colocando sobre las vías una escalera metálica, una madera de grandes dimensiones y dos hierros en forma de L».

Para Ramírez, «nos hallamos ante la existencia de una organización que tiene como único propósito o razón de ser, la interrupción de los servicios de transporte público. En tal sentido, cobra especial relevancia la circunstancia de que los acusados refieren pertenecer a la agrupación gremial AGTSyP».

«La figura de la asociación ilícita se utilizó en reiteradas oportunidades históricas para la persecución política. En este caso en particular, la acusación tiene especial gravedad, porque se impulsa la acusación frente al ejercicio de los derechos constitucionales básicos como los son el derecho de huelga y el derecho de asociación y/o agremiación», explica Nahuel Berguier, abogado de AGTSyP que ejerce la defensa de los imputados.

Aunque sea repudiada, desde el sindicato remarcan que la figura penal elegida por la fiscal no los sorprendió. Entre los antecedentes de Ramírez, cercanos a la ideología del oficialismo, se cuenta la persecución a migrantes senegaleses que trabajan en la vía pública, a quienes también acusó de organizar una red delictiva o mafiosa (ver recuadro).

«Estamos seguros de que esta acusación se va a revertir en la próxima audiencia, que va a ser rechazada por el juez; de no ser así, estaríamos ante un ataque gravísimo al derecho de asociación y al derecho de huelga», opina Virginia Bouvet, secretaria de Organización de AGTSyP.

“Nuestra organización sindical –continua– está compuesta por 2500 afiliados, está debidamente inscripta y reconocida por el Ministerio de Trabajo; cumple con todos los pasos legales. Somos parte de una central sindical nacional, como es la CTA, y de una federación internacional. Entonces, decir que somos una asociación ilícita es un disparate, un ataque directo al movimiento obrero y a su derecho a asociarse. Lo que muestra claramente el lineamiento ideológico antiobrero de la fiscal Ramírez, en sintonía con las posturas de este gobierno”.

En su momento, el sindicato de trabajadores del subte recusó a la fiscal argumentando su “falta de objetividad, al mostrar enemistad manifiesta y encono contra las organizaciones sindicales, violentando con sus planteos la normativa constitucional, no sólo en torno a los principios de legalidad e inocencia sino también en lo que hace a las garantías propias del derecho colectivo del trabajo”. 

Pero el pedido fue rechazado tanto por el juez de primera instancia como por la Cámara de Apelaciones. Sin embargo, uno de los votos del Tribunal objetó la calificación legal utilizada por la fiscal: “Equiparar la pertenencia de los imputados a la Asociación Gremial de Trabajadores de Subte y Premetro a una participación criminal en una asociación ilícita (…) implica denigrar y considerar criminal una actividad en principio lícita y tutelada constitucionalmente”.   «

APOYOS

Organismos de Derechos Humanos se presentaron en la causa como Amicus Curiae solicitando el sobreseimiento de los imputados. «Resulta preocupante la persecución criminal de acciones claramente enmarcadas en el ejercicio del derecho de huelga de las y los trabajadores del subterráneo y Premetro en el Estado de Derecho», denunciaron.


(Foto: Diego Martinez)

Su cruzada contra los “manteros” senegaleses

La fiscal Celsa Ramírez está al frente de la mayoría de los expedientes abiertos por contravenciones por el uso de espacio público en la Ciudad de Buenos Aires. Fue en el marco de sus actuaciones cuando en septiembre de 2018 ordenó un operativo policial contra “manteros” senegaleses en el barrio de Constitución, que terminó en detenciones de migrantes y referentes de la Confederación de los Trabajadores de la Economía Popular (CTEP), entre ellos, Juan Grabois, el dirigente social cercano al Papa Francisco.

Esa motivación de perseguir a trabajadores informales quizás haya estado azuzada desde octubre de 2017, cuando recibió el reconocimiento de la filial argentina de la empresa Nike, “en virtud de su trabajo sobre el origen, distribución y venta de bienes destinados al comercio ilegal”.

El galardón coincidió con un hecho no tan grato. Una colega suya, Cristina Caamaño Iglesias Paiz, titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N° 4, solicitó su indagatoria por abusar de su autoridad en el marco de una investigación por actividades desarrolladas sin autorización, en el predio del ex Patronato de la Infancia (PADELAI), en San Telmo. Caamaño consideró que Ramírez dispuso «medidas cautelares restrictivas de derechos constitucionales sobre personas ajenas a los hechos denunciados».

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