Abogades en Cooperativa logró tres fallos de gran importancia jurídica para los trabajadores, en el marco del aislamiento preventivo y obligatorio. Por un lado, la polémica cadena de kioscos Open 25 se vio obligada a reincorporar a dos empleados en período de prueba que fueron despedidos en plena crisis sanitaria. En tanto, la heladería Guapaletas deberá abonar el salario adeudado con antelación a la cuarentena. Además, Carrefour tuvo que otorgar licencia a una trabajadora que cumple tareas de cuidado.

Reintegro de despedidos

El juzgado nacional de primera instancia en lo laboral N°16, a cargo del  Dr. Alberto M. González,  resolvió a fines de mayo otorgar una medida cautelar ordenando la reinstalación inmediata de un trabajador que desempeñaba sus labores en uno de los kioscos de la empresa Open 25, que había despedido a 200 empleados en condiciones similares, en abril.

“La empresa había pretendido eludir la prohibición de despido alegando que estaba excluido de la prohibición por tratarse del período de prueba”, contaron desde la agrupación.

El planteo del trabajador, representado por el Dr. Joaquin Corti Bielsa y el Dr. Pablo Bentivegne,  “fue que el espíritu y finalidad del decreto era impedir que se produjeran todo tipo de despido durante el aislamiento social preventivo y obligatorio”.

La justicia laboral le dio la razón y dictaminó la nulidad del despido y la inmediata reinstalación del trabajador. Ese fue el primer caso de reincorporación. El miércoles último, en tanto, la cámara de apelaciones en lo laboral SALA 7 ordenó en el mismo sentido la reinstalación de un segundo trabajador.

Pago de salarios

El juzgado nacional de primera instancia en lo laboral N°12, a cargo de la Dra. Silvia Santos, resolvió el último 26 de mayo otorgar una medida autosatisfactiva para el cobro de salarios adeudados de marzo y abril 2020.

Se trata de un local de la cadena de heladerías “Guapaletas”, cerrado desde el 20 de marzo, que jamás dio respuesta al reclamo de sus trabajadores por el pago de los salarios.

El planteo del trabajador, representado por el Dr. Joaquin Corti Bielsa, miembro de Abogades en Cooperativa,  fue que “el incumplimiento de la empresa es flagrante y urgente, por lo cual la justicia debía ordenar su cobro forzoso con la simple petición y acreditación de la situación”.

Algo similar ocurrió con las peluquerías Nail Bar, en el fallo del juzgado nacional de primera instancia en lo laboral N°66, a cargo del Dr. Julio Grisolía, que resolvió otorgar una medida urgente para el cobro de salarios adeudados de marzo, abril y mayo 2020.

Licencia por tareas de cuidado

El Juzgado Nacional del Trabajo de Feria, a cargo de María Elena López, resolvió conceder la medida cautelar requerida por una trabajadora, intimando a INC S.A. (Carrefour) a reconocer la licencia por tener hijos menores a cargo, en el marco de la pandemia, y a abonar el salario del mes de abril que la empresa había retenido.

Carrefour, como muchas otras empresas, presionaba a la trabajadora para que se presente a trabajar reteniéndole el salario, en incumplimiento de la ley vigente. “El padre de los niños también es empleado de Carrefour, y se encuentra prestando tareas, lo cual era de conocimiento de la empresa”, contó la Dra. Alejandra Bernat , que llevó adelante el caso.

La Jueza de Feria le dio la razón a la trabajadora y ordenó a la empresa respete la licencia y pague también los salarios futuros hasta que se dispongan otras medidas por parte del Poder Ejecutivo; además, ordenó  aplicar una multa, en caso de incumplimiento, de $ 5.000 diarios.