La batalla sorda por desplazar al juez Alejo Ramos Padilla de la investigación por asociación ilícita cuya cabeza saliente es el falso abogado Marcelo D’Alessio  está en su punto más caliente. No lo parece, porque se habla poco en superficie. Pero se están cociendo operaciones en todos los frentes, incluso en el Consejo de la Magistratura, donde la salida sorpresiva del ahora oficialista Miguel Ángel Pichetto insinuó falsamente cierto alivio en la persecución contra el juez de Dolores.

El gobierno quiere a Ramos Padilla afuera de la investigación. Y focalizó la ofensiva más importante en la Cámara Federal de Casación Penal.

Allí salió a jugar la diputada Elisa Carrió. Hasta ahora se había mantenido ajena a los cascotazos que sobrevolaban su figura. Pero en los últimos días decidió asumirse como imputada y utilizó una notificación de Ramos Padilla atribuyéndole justamente ese rol para una jugada arriesgada: modificar artificialmente la conformación del tribunal que debe decidir sobre la cuestión de competencia, es decir si la causa se queda en Dolores o aterriza en Comodoro Py.

¿Cómo lo hizo? Desempolvó un viejo pedido de juicio político de 2016, que está a punto de ser archivado por el paso del tiempo, contra el camarista de Casación Alejandro Slokar. Si un pedido de juicio político no se define en tres años, automáticamente es desestimado. El próximo 3 de agosto, el expediente será archivado.

El objetivo de Carrió no es destituir a Slokar: el Código Procesal restringe la posibilidad de un juez de intervenir en una causa en la que esté involucrada una parte que antes del inicio del expediente lo hubiera denunciado. Carrió se valió de eso para pedir la salida de Slokar y la alteración de la formación natural del tribunal que debe resolver adónde seguirá investigándose a D’Alessio y los demás imputados, entre ellos el fiscal Carlos Stornelli. En el oficialismo suponen que Slokar votará para que la causa siga en Dolores y por eso lo quieren correr.

El fiscal de Dolores, Juan Pablo Curi, y el propio Stornelli, a través de su abogado, Roberto Ribas, insisten en que la causa pase a Comodoro Py. Hasta ahora lo hacían en una compartida soledad de a dos,  pero, desde que el incidente de incompetencia llegó al máximo tribunal penal, se sumaron al planteo el propio D’Alessio, el abogado Rodrigo González –indagado y a la espera de que se resuelva su situación procesal– y el financista arrepentido Leonardo Fariña. Ellos también quieren que la causa vaya territorio de Retiro. Aunque para ello haya que tirar a un juez por la ventana.

En simultáneo, se activó un impostado mecanismo de distracción en el Consejo de la Magistratura.

El magistrado de Dolores eligió a su padre, el juez Juan María Ramos Padilla, para que lo defienda. Su primera acción fue recusar al senador Pichetto y al representante del Poder Ejecutivo, Juan Bautista Mahiques. Este último está a un paso de ser el fiscal general de la Ciudad de Buenos Aires. El cuestionamiento no es contra la persona sino contra el cargo: Ramos Padilla fue denunciado por el gobierno; no puede un representante del propio gobierno votar por su suspensión y envío a juicio político. Sería, en ese caso, juez y parte. El Consejo (y el propio Mahiques) aún no resolvieron cómo sortearán ese obstáculo.

La renuncia de Pichetto, en tanto,  de ningún modo despeja el acecho contra Ramos Padilla. El candidato a vice de Mauricio Macri dejará su lugar al senador chubutense Juan Mario Pais. En agosto de 2017, Pichetto y el entonces presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, demoraron la asunción de Pais como consejero para facilitar una mayoría artificial que permitió suspender y luego destituir al camarista Eduardo Freiler. Macri llamó personalmente a la presidenta del Consejo, la abogada Adriana Donato –quien no quería votar en esas condiciones– para que aceptara que lo voltearan a Freiler. Mientras eso pasaba, Pais y Pichetto paseaban por los despachos del Palacio de Tribunales.

Para suspender a un juez hacen falta los votos de dos tercios de los presentes en un plenario. Las ausencias, también, contribuyen a facilitar las mayorías calificadas

Papel Prensa: un fallo adverso para Magnetto

La Justicia civil rechazó una indemnización millonaria reclamada por el CEO del Grupo Clarín, Héctor Magnetto, contra Lidia y Osvaldo Papaleo por expresiones en el contexto de la causa por el traspaso de Papel Prensa durante la dictadura. El juez Hernán Pagés consideró que «frente a la trascendencia histórica y mediática que tomó en su momento la causa penal… se impone un deber de soportar el daño para proteger algo que en realidad está fuera del conflicto entre esas dos partes. Ese algo es la libertad de expresión».

Magnetto reclamó que se condenara a los Papaleo «a resarcir los daños y perjuicios ocasionados debido a las calumnias e injurias que le profirieron». Pedía un millón de pesos a Lidia Papaleo y 750 mil a Osvaldo Papaleo. En la demanda también embistió contra el kirchnerismo, a cuyos gobiernos atribuyó «el infame propósito, propio de los regímenes totalitarios, de reescribir la historia para adecuarla a sus intereses» en torno a cómo fue traspasada la empresa de la familia Graiver a la sociedad entre los diarios Clarín, La Nación y La Razón más el Estado Nacional. Incluso invocó una entrevista a Lidia Papaleo publicada por Tiempo Argentino el 29 de agosto de 2010.

El juez Pagés, en un fallo de primera instancia, recordó que Magnetto fue sobreseído durante el actual gobierno por el juez federal Julián Ercolini. Desde entonces, con infrecuente velocidad, el fallo fue confirmado en todas las instancias –incluso la Corte Suprema–, por lo que es «cosa juzgada».

Ello despejaba el camino para el reclamo de un resarcimiento económico por parte de Magnetto. Pero el juez civil replicó que «en la arena del debate sobre temas de alto interés público, no sólo se protege la emisión de expresiones inofensivas o bien recibidas por la opinión pública, sino también las de aquellas que chocan, irritan o inquietan a los funcionarios, los poderosos o a un sector cualquiera de la población”»

«El ejercicio de la jurisdicción en el caso de los jueces y el impulso de la acción penal en el caso de los fiscales, jamás puede constituir persecución política. Suponen uno de los pilares esenciales del régimen republicano de gobierno. Y si alguna vez pudo suceder excepcionalmente que un magistrado o un fiscal pudo haber operado sumisamente ante los factores del poder de turno para servir más a esos intereses que a la justicia, corresponde que se ejerzan las acciones a los fines de su remoción y adecuada sanción.»