Luego de dos meses, el juicio por la Masacre de Pergamino, en donde murieron quemados siete jóvenes en una comisaría, entró en su etapa final. Ayer, durante el momento de los alegatos, la fiscalía pidió que los seis policías imputados sean condenados a penas de entre 9 y 15 años de prisión, al considerar que los agentes cometieron el delito de abandono de persona seguido de muerte. Por su parte, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), que patrocina a cinco de las siete familias, amplió la acusación a homicidio simple y pidió penas entre 21 y 25 años. Los representantes de las otras dos víctimas adhirieron a este pedido.

La sala de audiencias, encabezada por los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal 1 de San Isidro estaba colmada. Por eso, se dispuso en las afueras una pantalla gigante para que pudieran seguir el debate los familiares, amigos y vecinos de las víctimas, además de unos 25 integrantes de la Red de familiares contra la tortura y otras violencias estatales de la CPM, que llegaron desde distintos puntos de la Provincia.

La apertura de la audiencia estuvo a cargo del fiscal Nelson Mastorchio, quien sostuvo que la responsabilidad de los policías había sido claramente probada durante las jornadas del juicio: “A pesar de existir un peligro cierto, se desinteresaron del deber de cuidado, no abrieron las puertas más allá de la posibilidad de hacerlo, tampoco usaron los matafuegos. Todo esto los privó de la ayuda para sobrevivir”, según expresó.

“Los policías tenían la obligación de custodia, una posición de garantía que surge de la Constitución Nacional y de tratados internacionales de derechos humanos. Nada exime a los imputados del cumplimiento de esta normativa”, remarcó la directora de Litigio estratégico de la CPM, Margarita Jarque, quien estuvo acompañada de sus colegas Carla Ocampo Pilla y Pedro Auzmendi. Por su parte, tanto el secretario de la CPM, Roberto Cipriano García como la directora general, Sandra Raggio, estuvieron presentes en la sala de audiencias.

“Pergamino no fue una sorpresa o un accidente y no puede endilgarse, como pretendieron, a las víctimas. Sin embargo no conmovió a nadie; ante el silencio del Estado, es necesario que la justicia hable por este hecho y también por todo un modus operandi que hace posible estas masacres. Como dicen las familias, sabemos que la reparación no será total, que nadie devolverá la vida de sus hijos, pero quieren que no le pase a nadie más”, resumieron desde la CPM.

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El caso

Según se pudo reconstruir, el 2 de marzo de 2017, “tras una discusión entre dos detenidos que terminaron dándose un abrazo, los oficiales de servicio decidieron engomar o encerrar a todos en sus celdas”, indicaron desde el organismo de Derechos Humanos. Esto generó un reclamo generalizando desde todos calabozos. En ese momento, desde la celda 1 arrojaron un pedazo de colchón incendiado al pasillo; el fuego era menor, pero los policías no intervinieron para apagarlo. Ese día había 19 personas detenidas en la comisaría 1ª: siete murieron tras el incendio; otros 12 sobrevivieron.

En casi dos meses de juicio, los testimonios de sobrevivientes y de bomberos apuntaron a la inacción de los policías para auxiliar y socorrer a las víctimas: dejaron que el fuego se propagara y se fueron del sector de calabozos. Luego, entorpecieron las maniobras de rescate por parte de los bomberos. Al tiempo que minimizaban la situación frente a familiares que comenzaron a llegar a la departamental por mensajes de celulares que mandaron los jóvenes detenidos.

La causa llegó a juicio con la calificación de abandono de persona seguida de muerte; sin embargo, a partir de la prueba que se ventiló en el debate oral y público, la CPM entendió que en un momento el abandono se transformó en homicidio; es decir, hubo una actitud dolosa para dejarlos morir.

Los policías de servicio aquel 2 de marzo -el comisario Alberto Donza, Alexis Eva, Brian Carrizo, Matías Giulietti, Sergio Rodas y Carolina Guevara- se desentendieron de la posición de garantía que tenían frente a los jóvenes. Tenían, además, el control funcional y la capacidad de actuar y no hicieron nada: “Deja de haber abandono y pasa a haber homicidio por omisión cuando el autor, los aquí imputados, retiran su protección cuando el peligro de muerte ya es del todo concreto y directo. Cuando ya haya un riesgo específico de homicidio. Esto fue lo que pasó acá”, explicó Carla Ocampo Pilla. Y detalló algunos datos en cuanto a los tiempos que surgen de las pericias realizadas: pasaron entre 20 y 30 minutos expuestos al humo y, por lo menos, 15 minutos expuestos al fuego.

Para el organismo, los seis tuvieron el control funcional de la situación y la capacidad de acción, sin embargo abandonaron a los detenidos a su suerte; esa actitud terminó con la muerte de los siete jóvenes encerrados en la celda 1: Sergio Filiberto, Fernando Latorre, Federico Perrota, Alan Córdoba, Franco Pizarro, John Claros y Juan José Cabrera.

Al final de su exposición, la CPM solicitó las siguientes penas: 25 años de prisión para el entonces comisario Alberto Donza (máxima autoridad de la comisaría), 24 años y 6 meses para Alexis Eva (era el oficial de servicio y tenía en su poder uno de los juegos de llave de los calabozos, el otro estaba en poder de Donza), 23 para Brian Carrizo y Matías Giulietti (las dos personas que estaban en el sector imaginaria, a metros de donde se inició el primer fuego), 22 para Sergio Rodas y, finalmente, 21 para Carolina Guevara.

También reclamó que el Tribunal, en caso de dictar un veredicto condenatorio, proceda al cumplimiento efectivo de la pena en el sistema penitenciario, no sólo por la gravedad de los hechos que se juzgan sino también por los mismos antecedentes de esta causa: el comisario Donza ya estuvo prófugo de la justicia por más de un año.

La CPM pidió, además, que se investigue por encubrimiento a 8 policías que pretendieron sostener la impunidad policial. Los agentes de la motorizada Mauro Chida, Brian Ciro y Diego Ulloa, los policías Renzo Giracci y Eduardo Hamué, el jefe departamental Rubén Rojo, el bombero policial Leonardo Seta y el miembro del GAD Julián Tricco desarrollaron acciones que dieron cuenta de la actitud corporativa de la fuerza de seguridad.

“Se advirtieron inconsistencias y contradicciones en sus declaraciones que tenían un sustento: el espíritu cuerpo. Dirigieron el testimonio para favorecer a sus compañeros de fuerza de dos maneras: por un lado, los pusieron actuando en medidas de auxilio que no se corroboraron; por otro lado, inculpando a los bomberos. Es decir, sumaron voluntades para que sus compañeros eludan la justicia”, explicó el abogado de la CPM Pedro Auzmendi.

Hoy fue el turno de los alegatos de la defensa. Tras la audiencia, los jueces del Tribunal Oral Criminal 1 de Pergamino, Guillermo Burrone, Miguel Gáspari y Danilo Cuestas, fijaron el 20 de diciembre como fecha para la lectura de la sentencia y los fundamentos.