Si un cliente no quiere contar con un servicio al que está adherido, deberá poder darse de baja en forma sencilla y sin obstáculos. Esa premisa de buenas prácticas se hizo ley hoy en Boletín Oficial y alcanzará a las plataformas de streaming como Netflix y Spotify y otros sitios de entretenimiento multimedia. El “botón de baja”, entonces, ya es ley y llegó para quedarse.

Desde la Dirección Nacional de Defensa de las y los Consumidores se emitió un comunicado que decía que “se incorporaron estas nuevas categorías de productos y servicios luego de numerosas denuncias de usuarios que, a través de diversos canales, reclamaron la imposibilidad de completar de manera simple el trámite de suspensión definitiva de los pagos a la empresa contratada”.

En este texto se detalló que uno de los motivos por lo que se tomó esta medida fue “la conflictividad generada en el último tiempo” con diversos tipos de servicios.

A través de la disposición N°357/2021 publicada en el Boletín Oficial, la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor, que depende de la Secretaría de Comercio Interior, estableció la obligación de que los sitios web de este tipo de empresas también den una salida al arreglo contractual.

En su momento los primeros rubros a los cuales se les exigió esta herramienta fueron los de telefonía fija y móvil, servicios de acceso a Internet y televisión satelital. Pero ya el año pasado, entre septiembre y noviembre, se avanzó para que haya una ampliación a nuevos rubros comerciales como los servicios de asistencia al viajero, asociación a clubes y gimnasios, medicina prepaga, suscripciones a diarios y revistas (ya sean en papel o en plataformas digitales), servicios de traslados sanitarios de personas de emergencias médicas; así como empresas no bancarias que cuentan con las tarjetas de crédito. También las donaciones periódicas con débito automático a asociaciones civiles, fueron incluidas en las debían dar la chance con un ítem que ocupara un “lugar destacado”, en cuanto a visibilidad y tamaño, para dejar de hacerlo.

También deberán tener este recurso en sus páginas web empresas de seguros, así como las compañías que ofrecen planes de ahorro previo, y hasta sitios que ofrezcan servicios de tiempos compartidos.