El Ministerio de Transporte y el Ministerio del Interior autorizarán excepcionalmente el regreso a su residencia habitual por vía terrestre desde las 00 horas del sábado 18 hasta el martes 21 abril de 2020 a las personas que estén cumpliendo el aislamiento social, preventivo y obligatorio en un domicilio distinto, respetando las medidas sanitarias y de seguridad que han establecido las autoridades nacionales en el marco de la emergencia declarada.

Podrán circular siempre que las personas exceptuadas estuvieren asintomáticas y den cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones que disponga la autoridad sanitaria nacional.

Se considerará domicilio de residencia habitual de las personas al indicado en su Documento Nacional de Identidad, salvo que puedan acreditar que aquél ha variado mediante documentación fehaciente.

Para el ejercicio de la autorización excepcional se deberá tramitar la declaración jurada “Certificación para el Regreso a Domicilio Habitual” el cual podrá completarse en el sitio web https://regresoacasa.argentina… y tendrá una validez de 48 horas.

Ante el requerimiento de la autoridad competente en la vía pública, la persona deberá acreditar la veracidad de los datos consignados en la declaración jurada “Certificación para el Regreso a Domicilio Habitual”.

A tal efecto, el solicitante deberá contar con la documentación y/o acreditar los datos informados en la Certificación para el Regreso a Domicilio Habitual generada durante el traslado.

En aquellos casos en que un tercero necesite trasladar a otra persona, deberá tramitar el permiso correspondiente. Para hacerlo debe ingresar a https://regresoacasa.argentina… y elegir la opción «Necesito trasladar a una persona a su domicilio habitual».

La falsedad de datos en la tramitación de la declaración jurada “Certificación para el Regreso a Domicilio Habitual” dará lugar a la aplicación de sanciones civiles o administrativas, sin perjuicio de las denuncias penales que correspondan efectuar para determinar la eventual comisión de delitos de acción pública por violar el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

La nueva autorización surge luego de una decisión coordinada con el Ministerio de Salud al entender que los ciudadanos que se trasladarán este fin de semana ya cumplieron con el tiempo de aislamiento recomendado.

De esta forma, el Gobierno nacional se encargará, de manera responsable y respetando protocolos sanitarios establecidos para enfrentar esta pandemia, de aquellos casos de ciudadanos que al momento de entrada en vigencia del aislamiento obligatorio se encontraban de vacaciones, por trabajo, por trámites, etc, en otros lugares que no eran los de su residencia.

Asimismo, el Ministerio de Seguridad y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), dependiente del Ministerio de Transporte, realizarán exhaustivos controles de circulación vehicular durante el fin de semana con el objetivo de verificar que toda circulación se encuentre habilitada.

Cómo usar el permiso

 ¿Dónde obtengo el permiso? En el link https://regresoacasa.argentina…

 ¿Cuándo puedo obtener mi permiso? A partir de este sábado. 

 ¿Cuál es la vigencia del permiso? Del sábado 18/4 a las 0.00 hs al martes 21/04 a las 24. Y tiene validez de 48 horas.

 ¿Quién tiene que gestionar el permiso? Un responsable del grupo que se traslada.

 ¿Qué habilita la declaración jurada? La circulación del vehículo, con los pasajeros declarados, al destino de residencia.

  ¿Cuál debe ser el destino del permiso? El domicilio de residencia donde se cumplirá con el aislamiento obligatorio.

 ¿Puedo acreditar domicilio con factura de servicios? Sí.

  ¿Cuánta gente se puede trasladar? La capacidad permitida por el vehículo.

  ¿Puedo ir a buscar a un familiar con mi vehículo? Sí.

  ¿Se pueden alquilar vehículos? No.

  ¿Se habilita el transporte de media y larga distancia? No.

 ¿Por qué se anuncia con poca anticipación? Para desalentar la circulación de casos injustificados.

 ¿Por qué se toma la decisión hoy? Porque con seguridad los pasajeros cumplieron los 14 días de aislamiento recomendado para prevenir la propagación del coronavirus y podrán trasladarse de modo seguro para toda la población.

  ¿Quién controlará la circulación de estos casos excepcionales? El Ministerio de Seguridad y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), dependiente del Ministerio de Transporte, y las fuerzas de otras localidades.