El capellán de la Policía Bonaerense condenado en 2007 pedía un nuevo cómputo de su pena y acceder a la libertad condicional. La fiscalía se había opuesto. El juez dijo que no es obligatorio acatar el criterio de la Corte.
El tribunal fue compuesto por el juez Pablo Vega, que en un fallo de veinte páginas no hizo lugar al pedido de aplicación del derogado artículo 7 de la Ley 24.390. En su fallo el juez cuestionó el fallo del 3 de mayo pasado, y consideró ilegal la aplicación de un cómputo privilegiado para el represor.
En su rechazo, Vega argumentó que los fallos de la Corte «no resultan obligatorios para casos análogos», como lo era el de Von Wernich. Y criticó el voto mayoritario del fallo Muiña, en el que Elena Highton y Daniel Rosenkrantz dicen que al sancionar la ley de 2×1 debieron prever obviar los crímenes de lesa humanidad. Vega retrucó que aquellos legisladores tenían «anestesiada» la posibilidad de prever esos delitos por la «impotencia propia de una época en que a nuestra por entonces endeble democracia le había sido arrebatada el derecho juzgar a los responsables de las violaciones más terribles contra la humanidad», por las leyes de punto final y obediencia debida y los indultos.
Antes de resolver el Tribunal había corrido vista a los Fiscales Generales Rodolfo Marcelo Molina y Hernán Schapiro quienes dictaminaron que la solicitud de condicional por la «ley de 2×1» debía ser rechazada. Según detallaron, Von Wernich se encuentra detenido desde el 25 de septiembre de 2003, fue condenado a reclusión perpetua el 9 de octubre de 2007, y se encontrará en condiciones de acceder a la libertad condicional el 24 de septiembre de 2023.
Los fiscales utilizaron jurisprudencia previa y el voto del presidente de la Corte Suprema en el fallo «Muiña» para argumentar que durante la vigencia de la Ley 24.390 (1994 a 2001) el párroco no estaba detenido ni procesado. Y subrayaron que no «nunca tuvo aplicación con respecto a delitos de lesa humanidad» y que por lo tanto no podía considerarse «ley intermedia», porque cuando se sancionó estaban en vigencia las leyes de obediencia debida y punto final que impedía la persecución penal de esos delitos.
El ex obispo castrense tiene una condena a reclusión perpetua a la que fue sentenciado en 2007 al ser hallado partícipe y coautor de secuestros, torturas y asesinatos. los quince años que lleva en prisión, al duplicarlos por la ley de dos por uno, le hubiera permitido salir de prisión en libertad condicional, pese a que el sacerdote de la Iglesia Católica fue sentenciado a reclusión perpetua por 42 casos de secuestro, 31 de tortura y 7 homicidios calificados.
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