Los conductores de aplicaciones de transporte de pasajeros deberán tener licencia profesional y pagar seguros

La Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo determinó que servicios como Uber, DiDi y Cabify constituyen un transporte de pasajeros y deben cumplir con exigencias similares a las de taxis y remises para garantizar la igualdad ante la ley.

Un fallo de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires dispuso que los conductores de aplicaciones de transporte ya no podrán operar bajo el régimen de «transporte privado». La resolución judicial determina que, ante la ausencia de una normativa específica, la actividad de plataformas como Uber, DiDi o Cabify debe encuadrarse dentro del Código de Tránsito y Transporte local, lo que obliga a sus prestadores a obtener licencias de conducir profesionales y contratar seguros especiales para pasajeros y responsabilidad civil.

Los magistrados rechazaron el argumento de las empresas, que sostenían estar regidas únicamente por el Código Civil y Comercial, y citaron jurisprudencia internacional para definir a estas plataformas como servicios globales de transporte y no meras herramientas tecnológicas. El tribunal remarcó que no resulta admisible que taxis y remises soporten fuertes cargas regulatorias y controles estatales mientras las aplicaciones operan «de facto», generando un desequilibrio que afecta los estándares de seguridad y la competencia desleal en el sector.

Cuestionamiento a las aplicaciones de transporte

El fallo también incluyó un fuerte cuestionamiento hacia el Gobierno de la Ciudad por permitir una «apariencia de regularidad» en el funcionamiento de estas aplicaciones. Los jueces criticaron la conducta contradictoria de la administración porteña al autorizar publicidad oficial de servicios que en otros ámbitos calificó como «clandestinos». En consecuencia, la Justicia ordenó al Ejecutivo local iniciar los procedimientos para cobrar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a las plataformas, dado que actualmente no tributan en la jurisdicción.

En términos operativos, la sentencia establece tres puntos clave para equiparar la actividad mientras persista el actual escenario legislativo. Primero, el gobierno porteño no podrá cobrar aranceles de trámites locales a los taxistas (como renovaciones de licencias o transferencias) hasta que no se logre el equilibrio de cargas con las aplicaciones. Segundo, se deberá fiscalizar la publicidad de las empresas de transporte digital para evitar confusiones en los usuarios sobre la naturaleza del servicio que contratan.

Finalmente, la administración de la Ciudad tendrá la obligación de realizar campañas de difusión masiva para informar a la sociedad sobre los riesgos de seguridad. Estas campañas deberán advertir que los pasajeros podrían estar viajando en vehículos con conductores que carecen de la licencia profesional habilitante o de los seguros obligatorios con los que sí cuentan los servicios de transporte convencionales. La resolución deja a las plataformas en una situación de urgencia regulatoria, marcando un precedente definitivo sobre el poder de policía local en el transporte urbano.

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