Cuadernos: el fiscal Pleé salió al rescate de Stornelli y pidió a Casación que deje de reclamar las grabaciones

Por: Néstor Espósito

Reclamó que se dejen sin efecto los pedidos de los registros de audio o imagen de las declaraciones de los arrepentidos y consideró suficiente las actas ratificadas por Bonadio y luego por Bertuzzi y Bruglia.

El fiscal Raúl Pleé le pidió a la Cámara Federal de Casación Penal que deje de reclamar las grabaciones y filmaciones de las declaraciones de los “arrepentidos” de la Causa Cuadernos e interpretó que la ley no exige tal cosa como condición para conceder los beneficios.

“Todas las colaboraciones prestadas por imputados que se acogieron al régimen de la Ley 27.304 fueron agregados bajo la forma de actas en sus respectivos legajos, las que se encuentran rubricadas por esos imputados, sus abogados defensores y los fiscales de la primera instancia; legajos en los que también están anexadas las actas de homologación suscriptas por las mismas personas y por el juez de la primera instancia, quedando así homologados los acuerdos”, resaltó el fiscal.

El artículo 6 de la Ley establece que “las declaraciones que el imputado arrepentido efectuare en el marco del acuerdo de colaboración deberán registrarse a través de cualquier medio técnico idóneo que garantice su evaluación posterior”. Según Plee, no se trata necesariamente de grabaciones o filmaciones: “la indebida referencia a ‘soporte fílmico, digital, u otro’ denota una descripción distinta a la requerida por el texto legal”.

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El fiscal, técnicamente un superior jerárquico de Carlos Stornelli – quien tramitó los arrepentimientos en la Causa Cuadernos – sostuvo que el pedido de la Cámara de Casación de los soportes digitales de las declaraciones por parte de la Casación “ninguna relación tiene para con el objeto del recurso aquí en trámite”.

Según su argumentación, el pedido de la Casación se produjo en el marco de una causa en la que se discute la constitucionalidad o no de la Ley 27.304, “mientras que el cuestionamiento acerca de la validez de los actos de colaboración prestada por los distintos imputados fue, a su vez, objeto de conocimiento y decisión de las dos instancias judiciales anteriores en otro incidente”.

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En efecto, la forma de registrar los arrepentimientos (sin filmación o grabación de audio) fue validada en dos instancias: en primera, por el difunto juez Claudio Bonadio, y en segunda, por la Cámara Federal, en un fallo firmado por Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia.

“He de requerir que se dejen sin efecto tanto los requerimientos a las distintas autoridades judiciales dispuestos como medida para mejor proveer, cuanto la suspensión de las deliberaciones y, sin más dilaciones, se dicte resolución en este legajo en tanto lleva más de un año de trámite en esta instancia”, resumió Plee en su presentación, a la que tuvo acceso Tiempo.

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