El recurso fue pedido por un jubilado e integrantes de dos asociaciones civiles.

El recurso fue suscripto por Leonardo Marín, jubilado, por derecho propio y en representación de la Asociación Civil Grupo Ilusión de la Tercera Edad de Villa Ceferino, y Mabel Meglioli en representación del Centro Comunitario Padre Mujica Asociación Civil de Neuquén, con el patrocinio del abogado Sergio Mayorga, según se informó en un comunicado de prensa.
En el amparo solicitan que se declare la inconstitucionalidad de la norma sancionada el 18 de diciembre pasado por la Cámara de Diputados de la Nación y promulgada ayer con su publicación en el Boletín Oficial.
Al argumentar su planteo, los demandantes señalaron que la normativa «afecta a los sectores más vulnerables de la población como consecuencia de la nueva fórmula de actualización y la directa confiscación que implica omitir los indicadores del cuarto trimestre del 2017 para la actualización que regirá desde marzo 2018.
En este sentido, indicaron que el proyecto convertido en ley por el Congreso Nacional consiste en una violación del principio de progresividad y no regresividad, establecido por las normas internacionales de derechos humanos detalladas, cuyo cumplimiento resulta obligatorio para el estado argentino.
El principio de progresividad requiere la mejora continua de las condiciones de existencia de los sectores vulnerables y veda expresamente todas aquellas disposiciones o políticas cuya aplicación signifique un retroceso en la efectivización de los derechos económicos sociales y culturales, completaron.
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