El documento fue descubierto roto y manchado por la Policía Federal, pero pudo ser reconstruido.

El texto detalla pagos en cuotas de 100.000 dólares por servicios pactados entre el político y el empresario con supuestos vínculos con narcotraficantes, quien será extraditado a Estados Unidos. El documento se encontraba roto y manchado, pero fue reconstruido por la Policía, trascendió.
“El precio total que «EL COMITENTE» (Machado) se obliga a pagar «AL PRESTADOR» (Espert) por el trabajo encomendado asciende la suma de SUMA DE DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLON (U$s 1.000.000) pagaderos de la siguiente forma: en nueve DOLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MIL (U$s 100.000), en el acto de la suscripción de este contrato, sirviendo el presente del más eficaz recibo y carta de pago”, sostiene el texto.
Y agrega: «El saldo será abonado «AL PRESTADOR» (9) cuotas mensuales consecutivas e iguales de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MIL (U$S 100.000) cada una, a partir del mes siguiente al de la suscripción de este convenio, comprometiéndose «EL COMITENTE» a hacer efectivo los pagos mediante transferencia bancaria».
«Las transferencias serán efectivas dentro de los primeros cinco días de cada mes. «EL COMITENTE» renuncia expresamente a alegar cualquier impedimento derivado de fuerza mayor caso fortuito o disposición estatal de la que resultare la imposibilidad de dar cumplimiento a los pagos en la especie de moneda pactada y toma a su cargo las consecuencias de tales eventos”, continúa.
Y señala también que “conociendo en su integridad las circunstancias del mercado, también renuncia expresa e irrevocablemente a invocar la teoría de la imprevisión”.
Machado, quien hasta el martes cumplía prisión domiciliaria en Viedma, provincia de Río Negro, de donde es oriundo, fue trasladado a un destacamento luego de que la Corte Suprema habilitara su extradición a Estados Unidos para ser juzgado por narcotráfico y fraude.
El pacto tenía una parte dedicada a posibles incumplimientos: «Para el caso de que el PRESTADOR no finalice el trabajo en el plazo establecido y no hubiere acuerdo en la prórroga del plazo facultará al COMITENTE a requerir al prestados a que de cumplimiento a su obligación dentro de los próximos (30) treinta días, vencidos los cuales sin que haya satisfecho su prestación quedará resuelto el contrato, pudiendo reclamar el comitente la devolución de las sumas entregadas y los daños y perjuicios ocasionados por la conducta de el prestador».
En este caso, según el propio Espert, no devolvió el dinero pese a que no había terminado el trabajo, pero se debió a una razón de fuerza mayor, que fue la pandemia.
Por último, el contrato establecía que ante cualquier controversia que pudiera surgir, las partes acordaban someterse a «la competencia de los Tribunales Ordinarios de New York, de los Estados Unidos de América».
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