Fetichismo punitivo y degradación del debido proceso: la tobillera como espectáculo

Por: Matías Leandro Rodríguez

Lo que subyace con la figura de Cristina es la voluntad de disciplinamiento simbólico que utiliza el cuerpo de la condenada para enviar un mensaje de sometimiento al conjunto del sistema político.

La imagen de una ex presidenta de la Nación compelida al uso de una tobillera electrónica no es un triunfo de la transparencia, sino la consumación de un fetichismo punitivo que degrada la inteligencia jurídica de nuestro país. Cuando el juez Borinsky y la Cámara intentan revestir de necesidad procesal una medida de vigilancia constante sobre quien ha dado muestras sobradas de sujeción al proceso, no están aplicando el derecho, están montando una coreografía del escarnio.

Resulta jurídicamente insostenible argumentar un riesgo de fuga o un entorpecimiento que amerite tal nivel de coacción sobre la libertad ambulatoria en una figura con arraigo absoluto, custodia oficial permanente y una exposición pública que hace de cualquier intento de evasión una quimera. Lo que subyace aquí no es una preocupación por la efectividad de la pena, sino una voluntad de disciplinamiento simbólico que utiliza el cuerpo de la condenada para enviar un mensaje de sometimiento al conjunto del sistema político.

Desde la perspectiva de los derechos fundamentales, la tobillera en el marco de un arresto domiciliario por una condena que todavía genera sismos en la doctrina penal se transforma en una pena accesoria no escrita, una suerte de marca de infamia digital. La fundamentación judicial de estas medidas suele escudarse en una supuesta “equidad ante la ley”, pero incurre en una falacia palmaria: se ignora que la proporcionalidad es la base de la justicia. Aplicar tecnología de monitoreo de máxima seguridad a quien reside en un domicilio hipervigilado y cuya vida es de público conocimiento es un exceso ritual manifiesto que solo busca la foto de la capitulación. Es la deshumanización del proceso penal, donde la tecnología ya no sirve para garantizar que el acusado no escape, sino para asegurar que el acusado sufra una mortificación cotidiana en su privacidad más elemental.

El día de mañana, la historia judicial argentina observará esta etapa como el momento en que la técnica fue sacrificada en el altar del espectáculo. Al avalar estas restricciones, la justicia de Casación no solo ratifica una condena viciada en su origen por peritajes inexistentes, sino que le añade una capa de crueldad innecesaria que nos retrotrae a épocas de proscripción que creíamos superadas. Hasta el observador más distante de la figura de Cristina Fernández debería estremecerse ante esta lógica: si el sistema es capaz de forzar de tal modo la interpretación de las medidas cautelares para humillar a una mandataria con dos mandatos cumplidos, la seguridad jurídica del ciudadano de a pie se vuelve una ficción absoluta.

No estamos ante un acto de justicia, sino ante un ejercicio de poder que confunde la severidad de la ley con el ensañamiento del vencedor, dejando una cicatriz imborrable en la institucionalidad democrática.

Foto: Damián Dopacio / NA

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