Se trata de un nuevo beneficio para los sectores más pudientes. Además, derogó un régimen especial para el cobre.

La normativa fijó la alícuota del Derecho de Exportación (D.E.) en 0% para mercaderías del sector minero, entre las que se encuentran productos que pertenecen al universo de minería no metalífera, metalífera, rocas de aplicación, combustibles, piedras preciosas y/o semipreciosas.
En el texto oficial, el Ejecutivo destacó que “la presente medida busca impulsar la competitividad del sector minero, en concordancia con los principios de libertad económica y apertura comercial, asegurando, al mismo tiempo, el cumplimiento de los compromisos asumidos en materia de equilibrio de las cuentas públicas y promoviendo un desarrollo productivo sostenible, respetuoso de la estabilidad fiscal”.
Asimismo, remarcó que “en materia de fomento de la actividad económica, la generación de empleo y el ingreso de divisas, el Gobierno Nacional ha establecido como prioridad la simplificación administrativa y la reducción de la carga impositiva, con el propósito de estimular la inversión y el desarrollo productivo”.
En este sentido, explicó que “esta medida se fundamenta en el impacto del sector minero en la economía argentina, las consecuencias directas e indirectas en cuanto a la generación de empleo, el valor agregado que promueve y el potencial de crecimiento que tiene”.
Al profundizar la argumentación de la eliminación de las retenciones, la administración de Javier Milei expuso que “dicho sector representa el quinto complejo exportador del país y explica, en promedio, el 80% de la canasta exportadora de provincias como Jujuy, Santa Cruz, San Juan y Catamarca”.
Además, sostuvo que “el sector posee un significativo potencial de crecimiento, especialmente en el contexto de la transición energética global que impulsa la demanda de minerales de los que la República Argentina posee abundantes reservas, existiendo una considerable brecha de desarrollo en comparación con economías mineras de la región, donde la actividad representa hasta un 10% del PBI, frente al 1,2% en nuestro país”.
En este contexto, consideró que “resulta necesario generar las condiciones para que dicho potencial contribuya a la recuperación económica, se traduzca en nuevos empleos y mayor volumen de exportaciones, en línea con otras decisiones adoptadas por el Gobierno Nacional en materia de simplificación, desburocratización, reducción de trámites, facilitación del comercio, eliminación de impuestos distorsivos, apertura de nuevos mercados y un mayor posicionamiento internacional”.
El decreto también eliminó el “Registro Optativo de Exportaciones de Cobre”, que se había creado “con el objeto de promocionar la actividad minera a través de un esquema de derechos de exportación”
Al fundamentar dicha determinación, el Gobierno precisó que “el citado Registro nunca resultó operativo, por lo cual no hay beneficiarios inscriptos en dicho régimen promocional”, por lo que lo dio de baja a través de la derogación del Decreto 308/22.
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