La medida rige desde este jueves en todas las vías de ingresos al país.

La medida se dio a conocer a través de la la Resolución General 4331, que se publicará en el Boletín Oficial y comenzará a regir inmediatamente en todas las vías de acceso, tanto fronteras terrestres como aeropuertos y puertos. “Estos parámetros no se actualizaban desde el año 1994”, señala el comunicado difundido por el organismo.
Aquellas personas que ingresen al país “por vía aérea o marítima estarán exentos de pagar impuestos en la Aduana por bienes que no superen los 500 dólares” mientras que hasta los 16 años inclusive el límite es de la mitad: 250 dólares.
La AFIP, a la vez, informó que si los productos ingresados superan las franquicias tendrán que abonar un arancel del 50 por ciento del valor sobre el excedente. Por ejemplo, si la mercadería tiene un valor de 700 dólares, el excedente es de 200 dólares y entonces el viajero deberá pagar 100 dólares en impuestos.
“Esta medida se basa en la decisión del Consejo del Mercado Común del Sur del mes pasado de renovar los montos para el tratamiento del equipaje de los viajeros que pasen por la aduana, con el fin de armonizar y consolidar la Unión Aduanera”, concluye el comunicado de la Administración.
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