La jueza María Rebaudi consideró que incurrió en daño moral cuando, en diversos avisos publicados en diarios de gran tirada calificaba de "caranchos" a los abogados que ofrecen asesoría jurídica a trabajadores accidentados.

La jueza María Rebaudi consideró que la UART incurrió en daño moral cuando, en diversos avisos publicados en diarios de gran tirada calificaba de «caranchos» a los abogados que ofrecen asesoría jurídica a trabajadores accidentados.
«Ante un accidente, mejor llamá a tu ART. No permitas que un carancho te meta la mano en el bolsillo», decía el primero de esos anuncios. Siguieron otros dos avisos con términos despectivos contra el oficio del abogado laboralista.
Según el fallo de la jueza, «esta referencia despectiva a aves de rapiña sin dudas afecta el honor profesional». Con todo, la entidad patronal adelantó que apelará la sentencia asegurando que «en ningún momento la campaña publicitaria de 2015 apuntó a agraviar a los abogados; demostración de ello es que en ninguna parte del texto se menciona a esa profesión. Si hubiésemos querido referirnos a los abogados lo hubiésemos hecho. Solo buscamos alertar contra las malas prácticas que llevan adelante diferentes personas que lucran con las lesiones de otros».
Para la jueza, la expresión excede el ejercicio de la libertad de expresión y resaltó que «no existe el derecho al insulto». En el mismo sentido que la UART se había manifestado el Jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, en declaraciones radiales. «
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