Audiencia pública previa, usuarios residenciales y tarifa social, entre los puntos definidos por el máximo tribunal.
-Que para la fijación de tarifas de gas, la audiencia pública previa es de cumplimiento obligatorio.
-Se confirma la sentencia apelada en cuanto declara la nulidad de las resoluciones cuestionadas.
-La decisión se circunscribe al colectivo de los usuarios residenciales.
-Respecto de ellos, las tarifas deben retrotraerse a los valores vigentes previos al aumento dispuesto por las resoluciones que se invalidan.
-Se mantiene la tarifa social.
-Se pone en conocimiento del Congreso de la Nación la necesidad de dar cobertura al cargo de Defensor del Pueblo de la Nación.
-Se recuerda a los tribunales el riguroso cumplimiento de la acordada de la Corte Suprema de Justicia sobre procesos colectivos.
Una encuesta de Synopsis revela que la secretaria general de la Presidencia tocó su piso…
Se trata de un estudio de OJF, la consultora que dirige el economista Orlando Ferreres.…
La norma sancionada durante el gobierno de Alberto Fernández obtuvo 64 votos a favor y…
Un volumen de imágenes tenues y fragmentos líricos que exploran los desencuentros de la memoria,…
"Solicitamos a las máximas autoridades que intervengan ante esta situación que aqueja a toda la…