El juez Alberto Recondo impuso las costas a la mamá del nene agredido por Javier Milei.

La presentación realizada por la familia del nene fue desestimada por la justicia, que consideró la demanda como «falacia de asociación«. Además, el juez Alberto Recondo ordenó imponer las costas a la mamá de Ian, Marlene Spesso.
Una semana atrás, Milei había presentado mediante su abogado un escrito en el que negó “en forma categórica y terminante todos y cada uno de los hechos” de los cuales la familia del menor lo denunciaba. La presentación se originó luego de que el mandatario republicara un posteo en el que se criticaba al periodista Paulino Rodrigues y se vinculaba al niño con una supuesta “operación kirchnerista”.
En su resolución, Recondo explicó que “la libertad de expresión protege al funcionario público cuando habla como ciudadano, incluso sobre cuestiones de interés público”. Y agregó: “El Presidente de la Nación siempre lo es. Esté en Casa Rosada, en la residencia de Olivos, o en un canal de televisión. Será Presidente las 24 horas del día, mientras dure su mandato. Sin embargo, en ese tiempo no todas sus acciones lo obligarán a nivel institucional”.
El magistrado consideró que el posteo fue una crítica dirigida a Rodrigues y no una mención directa contra el niño. “No habré de hacer lugar a la orden de supresión del referido tuit, como tampoco a la prohibición futura que se pretende”, indicó.
En este sentido, aclaró que el hecho de que se tratara de un reposteo “no implica de manera automática la adhesión total con el contenido del tuit”, ya que bajo ese criterio “cualquier usuario sería absolutamente responsable de expresiones ajenas”.
El fallo también remarcó que ordenar la eliminación de la publicación hubiera significado una forma de censura previa, prohibida por el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos. “No todo lo que opina un presidente es un acto de gobierno”, señaló Recondo, al rechazar convertir a la Justicia en “árbitro de disputas mediáticas”.
El magistrado reconoció que Ian Moche “es un niño diagnosticado con Autismo, pero no puede perderse de vista su condición de Altas Capacidades (CAC)”, lo que le permitió incluso presentarse autónomamente en el juicio contra el Presidente, con el aval de su madre.
Finalmente, además de rechazar la acción deducida, Recondo le impuso a Spesso las costas del proceso: “Quien resulta vencido debe cargar con los gastos que debió realizar la contraria para obtener el reconocimiento de su derecho”, afirmó.
Con este fallo, Milei queda eximido de eliminar la publicación y se reafirma el principio de que sus expresiones en redes sociales, aunque polémicas, están amparadas por la libertad de expresión.
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In dubio pro potestatem
Eso que llaman "justicia". Debería darles vergüenza.