Repudios al intento de prohibir abortar a mujeres violadas

El proyecto se presentó en la Legislatura de Tucumán, la provincia "pro vida". Además de aberrante, no es jurídicamente viable.

La provincia de Tucumán se apresta a retroceder un siglo. Luego de haberse convertido en agosto pasado, por ley, en el primer distrito «pro vida» del país, ahora sus legisladores pretenden arrasar con todos los derechos en materia de interrupción legal del embarazo, aun los de aquellas mujeres que fueron violadas.

Más de la mitad de los miembros de la Legislatura provincial –29 de 49– firmó un proyecto de ley que, buscando la protección de los derechos del «niño por nacer», declara ilegal aun los abortos en casos de violación, una práctica habilitada por el artículo 86 del Código Penal desde el año 1921 y confirmada por el fallo de 2012 de la Corte Suprema, que además promovió la adhesión a un protocolo de acceso a ese derecho a fin de remover todos los obstáculos jurídicos, médicos y administrativos que impidieran a las mujeres ejercerlo.

Además de aberrante, la iniciativa es inviable. Su impulsor, el diputado Marcelo Caponio (PJ), titular de la Comisión de Asuntos Constitucionales e Institucionales de la Legislatuta tucumana, aseguró que respeta «lo establecido en la Carta Magna. No vamos en contra de ningún artículo. Estamos avanzando para que no quede en una cuestión declamativa, que el Estado esté al lado de la mujer y el niño, y se salven las dos vidas».

En sus fundamentos, el retrógrado proyecto se presenta como «pionero», tal como tituló en su portada el conservador diario local La Gaceta: «El proyecto se inspira en la legislación provida más avanzada: la Ley 6/2009 de la Generalitat de Valencia (España), pionera en cuanto a medidas positivas de protección integral, tanto de la mujer embarazada como del niño por nacer», explicó Caponio. Esa norma fue derogada en Valencia en 2017.

El artículo 4° del proyecto roza el medievalismo y es taxativo: «Queda absolutamente prohibida la discriminación al niño por nacer gestado por causa de violación». De hecho, el texto que se discutirá en el recinto establece «la prohibición de discriminar al niño por nacer en ‘niños deseados’ o ‘no deseados'».

El repudio generalizado que desató el proyecto desde diversos sectores apuntó no sólo al «desconocimiento total del orden constitucional y republicano vigente, que impide que desde las provincias se modifiquen los códigos de fondo», como expresó la fundación tucumana Mujeres x Mujeres en un comunicado (suscrito por Católicas por el Derecho a Decidir, Amnistía Internacional y el Cels, entre otras organizaciones), sino también al intento de «imponer un mensaje acorde con una moral sexual restrictiva, propia de sectores fundamentalistas, que se oponen a la construcción de una ciudadanía plena para todas las personas». Tucumán es, consecuentemente, la única provincia que no adhirió a la Ley 25.673, que asegura la provisión de métodos anticonceptivos. «

«Falsa»

Además de conculcar un derecho que el Código Penal garantiza desde 1921, el artículo 21 del proyecto alienta la violación del secreto profesional, abriendo la posibilidad de considerar «declaración falsa» el relato de la mujer, facultando al personal sanitario interviniente a denunciarla ante la fiscalía de turno.

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