Suspendieron la transferencia de la Justicia Laboral del ámbito nacional a la Ciudad de Buenos Aires

La CGT consideró que se trata de “un paso importante en defensa del sistema judicial y de los derechos de los trabajadores”. La medida tendrá vigencia hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión.

Un Juzgado Nacional del Trabajo suspendió este martes los efectos del acuerdo que disponía la transferencia de la Justicia Laboral del ámbito nacional a la ciudad de Buenos Aires, al responder a una medida cautelar impulsada por el sindicato de la CGT Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN).

La decisión fue adoptada por el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 30, a cargo del juez Herman Mendel, en una causa iniciada por el gremio que lidera Julio Piumato, y la CGT consideró que se trató de “un paso importante en defensa del sistema judicial y de los derechos de los trabajadores”.

La medida tendrá vigencia hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión. En la resolución, el magistrado ordenó además al Estado Nacional presentar un informe en el plazo de tres días, como parte del trámite del proceso.

La resolución dispuso la suspensión de la totalidad de los efectos del acuerdo de transferencia de la función judicial en materia laboral, firmado entre el Estado Nacional y el Gobierno porteño, e incorporado como Anexo I de la Ley 27.802 de Modernización Laboral.

Según surge del fallo, el magistrado consideró acreditados, en esta etapa inicial del proceso, los requisitos de verosimilitud del derecho y peligro en la demora, necesarios para dictar la medida cautelar.

El sindicato había solicitado la declaración de inconstitucionalidad de distintos artículos de la ley, del decreto reglamentario y del acuerdo de transferencia, al sostener que afectan derechos laborales, la estabilidad de los trabajadores y la estructura de la justicia laboral.

Entre otros puntos, la UEJN advirtió sobre la falta de garantías respecto del traspaso del personal, posibles cambios en las condiciones laborales y la afectación de más de 1.500 agentes judiciales.

El juez también señaló posibles irregularidades en el procedimiento de transferencia, al considerar que no se habría cumplido con mecanismos previstos en la Ley 24.588, como la intervención de la Comisión Bicameral.

Asimismo, se indicó que existen antecedentes recientes en la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que avalan planteos similares sobre la implementación de órganos judiciales locales en materia laboral.

Por su parte, la CGT destacó que la resolución “expone la gravedad institucional de las medidas impulsadas, que avanzaban sobre este fuero sin respetar los procedimientos constitucionales ni las garantías que aseguran la independencia judicial y la protección efectiva de los derechos laborales”.

“Desde la CGT sostenemos que este ámbito de Justicia es clave para equilibrar las desigualdades entre capital y trabajo. Debilitarlo o desarticularlo implicaría un retroceso en materia de derechos sociales y una afectación directa al principio protectorio de la Constitución Nacional”, expresó la central en un comunicado.

La central obrera recordó que la transferencia generaba “incertidumbre sobre las condiciones de miles de trabajadores judiciales, afectando su estabilidad, su carrera y sus derechos”.

«Este fallo reafirma la vigencia del Estado de Derecho y la importancia de que cualquier reforma respete los canales institucionales y el debate democrático. En tanto, esta central obrera continuará defendiendo la justicia social, los derechos de las y los trabajadores y las instituciones que los garantizan”, cerro el texto.

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