Tres policías fueron condenados por un caso de gatillo fácil, pero sin cárcel

Por: Jesús Cabral

La víctima, de 14 años, no estaba armado y se demostró que no existió robo. Los jueces no tuvieron en cuenta que los policías son funcionarios públicos. El detalle del polémico fallo.

Condenan a tres miembros de la Policías Bonaerenses por el homicidio de Matías Banuera, un joven de 14 años que fue asesinado de por la espalda de un disparo en la cabeza.

El Tribunal Oral Criminal (TOC) N°2 de Quilmes condenó al efectivo de la Policía Bonaerense Cristian Alejos a la pena de dieciocho años por el homicidio simple en perjuicio de Matías Banuera, de catorce años. El joven fue asesinado por la espalda de un balazo en la cabeza durante la noche del veintinueve de julio de 2017 mientras caminaba por el barrio con otros amigos. Mientras que los uniformados Maximiliano Aguirre y Lucas Bullosa fueron condenados a tres años de prisión de ejecución condicional por el delito de encubrimiento, y por inventar un robo que no existió.

La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) representa a la familia del chico que resultó víctima de este terrible hecho de violencia institucional. Todos los policías fueron declarados culpables la semana pasada, el monto de los años y la modalidad del cumplimiento de cada una de las tres condenas se supieron el último viernes.                

«Si bien hubo una condena, no será de efectivo cumplimiento», explicó Roberto Cipriano García, abogado y secretario general de la CPM, a Tiempo. Continuó contando que esto es una nueva muestra «del tratamiento diferencial que se brinda a los miembros de las fuerzas de seguridad ante hechos de esta naturaleza».

«La condena no se cumplirá en una cárcel, será bajo arresto domiciliario, hasta que la sentencia quede firme», detalló el abogado. El ex policía Alejos recibió la condena de dieciocho años, mientras que Maximiliano Aguirre y Lucas Bullosa fueron condenados a tres años de prisión de ejecución condicional por el delito de encubrimiento, inventaron un robo que no existió».

«Aguirre y Bullosa, fueron juzgados y condenados por encubrimiento, por no haber dado aviso a un Servicio de Emergencias ni haber formulado la denuncia del asesinato», detalló el secretario. Por eso fueron «condenados la pena de tres años de prisión pero de ejecución condicional», aclaró.

«Nosotros pretendíamos una pena superior, de hasta seis años por el agravante del tipo penal», remarcó el abogado. «Los jueces desestimaron el agravante de ser funcionarios públicos y por lo tanto su estricta obligación de denunciar los hechos», agregó.

«Esto terminó en que ninguno de los tres condenados irá a la cárcel. En el caso de Alejos, al menos, hasta que la sentencia quede firme, pero eso puede demorar años», reclamó García. Siguió señalando que así lo «consideraron por mayoría de los jueces Félix Gustavo Roumieu y Rodrigo Gabriel Bagini; en disidencia a la jueza Maria Cecilia Maffei que había dispuesto que la pena sea de cumplimiento efectivo».

El voto de la jueza advierte peligro de fuga

La magistrada Maffei consignó en su voto en minoría en el que dejó plasmado que: “corresponde revocar la morigeración ya que el dictado de una sentencia que impone pena grave de prisión a cumplir importa un sensible aumento del riesgo de fuga que es necesario evitar”.

«Ello en modo de asegurar la ejecución de la sanción que se espera como resultado del procedimiento”, sostuvo la jueza. “Una sentencia no firme de carácter condenatorio con una pena de 18 años de prisión implica un aumento relevante de los peligros de frustración», escribió en su votación.

La criminalidad y la pobreza

«Lo concreto en que la sentencia vuelve a reflejar la diferencia de criterios con que la justicia penal evalúa las acciones de los jóvenes pobres, que es el principal grupo social que se hacinan en las cárceles bonaerenses», se quejó García. Son quienes por delitos de «menor gravedad y condenas incluso mucho más pequeñas de uno o dos años, cumplen prisión efectiva sin acceder a un arresto domiciliario», denunció el secretario.

«Estas personas pobres y prisionizadas padecen enfermedades graves, y las de los funcionarios públicos que integran las fuerzas de seguridad -que son juzgados por graves violaciones a los Derechos Humanos- acceden fácilmente a una morigeración», finalizó García.

Las leves condenas a los policías

El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 2 de Quilmes, integrado por los jueces Félix Gustavo Roumieu, María Cecilia Maffei y Rodrigo Gabriel Bagini, condenó al agente integrante de la Unidad Táctica de Operaciones Especiales (UTOI) de la Policía Bonaerense Cristian Alejos, a la pena de 18 años.

En tanto, los uniformados Maximiliano Aguirre y Lucas Bullosa fueron condenados a tres años de prisión de ejecución condicional por el delito de encubrimiento, y por inventar un robo que no existió. Todos fueron declarados culpables la semana pasada y los años se conocieron el último viernes.

Alejos fue sentenciado por el delito de homicidio simple, aunque sin los agravantes que había solicitado en los alegatos la Comisión Provincial por la Memoria, como representante de la familia de la víctima fatal.

Además, no se tuvo en cuenta la condición de funcionario público del policía Cristian Alejos, tampoco sobre la particularidad de que las víctimas -Matías de 14 años y su amigo Franco de 13, quien sobrevivió a los disparos- eran niños y no iban armados.

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