Violencia digital: histórica condena a un preso por abuso sexual sin contacto físico

Un delincuente fue sentenciado a 20 años de prisión en un fallo en el que se reconoció el “acceso carnal” a través de medios tecnológicos. Extorsionaba desde la cárcel a una menor.

El Tribunal en lo Criminal N° 4 de Morón dictó una sentencia inédita al condenar a un hombre a 20 años de prisión por una serie de delitos sexuales cometidos contra una niña durante más de tres años mediante redes sociales, mensajería instantánea y videollamadas. El caso salió a la luz cuando la víctima confió en una docente, lo que permitió activar la intervención judicial.

Los jueces Carlos Roberto Torti, Rodolfo Castañares y Verónica Vanesa Gerez introdujeron en el fallo un criterio que sentará jurisprudencia: reconoce que puede existir “abuso sexual con acceso carnal sin contacto físico y a través de medios digitales”, cuando el agresor somete a la víctima a un dominio psicológico, amenazas y coacción que la obligan a realizar actos sexuales sobre su propio cuerpo.

Según se acreditó en el juicio, el condenado manipuló a la víctima desde que tenía 12 años, utilizando identidades falsas y ocultando su verdadera condición de adulto. A lo largo del tiempo, la sometió a un esquema de intimidación constante, amenazas de difusión de material íntimo, exigencias sexuales y videollamadas de contenido explícito, logrando un control sostenido de su voluntad.

Durante ese período, la víctima permaneció sometida a una situación de control y coacción permanente durante más de tres años, lo que en los hechos configuró un verdadero cautiverio de carácter psicológico y digital. En ese contexto, se trata de una sobreviviente.

La investigación fue llevada adelante por los fiscales Claudio Oviedo, Marisa Monti y Patricio Pagani, integrantes de la UFI N° 5 del Departamento Judicial de Morón.

Los hechos fueron cometidos mientras el imputado se encontraba alojado en la Unidad Carcelaria 21 de Campana, bajo la custodia del Servicio Penitenciario Bonaerense. Un dato no menor es que el perfil del condenado revela una persistencia delictiva en el tiempo, ya que registra condenas en 2008, 2012 y 2017 por hechos similares.

Durante la instrucción del caso, se estableció que el delincuente sexual se valía de la coerción, para obtener datos de tarjetas y documentación personal para realizar operaciones ilegales, cuya trazabilidad permitió su identificación.

La sentencia reconoce que este tipo de violencia digital puede generar un sometimiento real y profundo de la voluntad. Voceros judiciales detallaron que “el fallo deja un mensaje claro: la violencia también se ejerce a través de entornos digitales. Esta sentencia marca un camino para la adaptación del derecho penal a nuevas formas de violencia en la era digital”.

Compartir

Entradas recientes

«La austeridad sin crecimiento no paga deudas»

El Estado no puede ser solo árbitro ni solo espectador; tiene que ser el actor…

50 mins hace

El dólar pegó un salto brusco e inesperado y el riesgo país superó los 580 puntos

La cotización oficial de la divisa saltó en $20 y el MEP recuperó valores de…

2 horas hace

El Gobierno en su peor momento: el Índice de Confianza tuvo la caída más abrupta desde que arrancó la gestión de Milei

El ICG de abril fue de 2,02 puntos: cayó 12,1% respecto de marzo y -13,2%…

2 horas hace

Volvió a empeorar la morosidad de las familias con los bancos: llega al 11,2%

La irregularidad total es del 6,7%. La mora de las empresas es del 2,9%. La…

3 horas hace

Frente a la crisis que atraviesan las escuelas y los jóvenes, diputados propusieron una «ESI del mundo digital»

El Programa Nacional de Educación Digital Integral (EDI)contempla medidas contra el grooming, el ciberbullying, la…

3 horas hace