La Asociación de Defensa de Derechos de Usuarios y Consumidores (ADDUC) denunció a 39 cámaras empresariales y asociaciones de profesionales del rubro médico por un presunto acuerdo en el que fijaron un precio denominado “honorario médico ético mínimo” de $ 6000 para las consultas médicas.

En virtud de ese acuerdo, si un médico cobra un arancel de $ 6000 y la prepaga reconoce sólo $ 2000, el profesional demanda al usuario un copago de $ 4000.

ADDUC decidió formalizar la denuncia ante el secretario de Comercio, Matías Tombolini, para que a través de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC) instruya un sumario en los términos de la Ley de Defensa de la Competencia. Las empresas difundieron el acuerdo en notas que se publicaron en los medios Infobae e iProfesional el 21 de septiembre, Día de la Sanidad.

El titular de ADDUC, Osvaldo Bassano, dijo a Tiempo que el acuerdo configura un caso de cartelización: «competencia imperfecta de cámaras y asociaciones médicas que debieron reclamar a empresas de medicina prepaga y a obras sociales y no a los consumidores».

A la vez, Bassano cuestionó al Ministerio de Salud porque «no cita a las asociaciones de consumidores y permite abusos a los consumidores». Agregó que también contempla llevar la denuncia a la Justicia, pero de momento se espera el resultado de la gestión administrativa.

El listado

Las asociaciones señaladas son: Agremiación Argentina de Ortopedia y Traumatología; Asociación Argentina de Ortopedia y Traumatología; Asociación Argentina de Cirugía; Asociación Argentina de Cirugía de Cabeza y Cuello; Asociación Argentina de Controversias en Obstetricia y Ginecología; Asociación Argentina de Ginecología Oncológica; Asociación Argentina de Menopausia Andropausia;8. Asociación Argentina de Neurocirugía; Asociación Argentina de Oncología Clínica; y la Asociación Argentina para el Estudio del Climaterio.

También figuran en la denuncia la Asociación Civil Argentina de Cirugía Pediátrica; Asociación de Otorrinonaringología de Buenos Aires; Asociación de Profesionales de Santa Isabel; Asociación Médica Argentina de Anticoncepción; Asociación Uroginecológica Argentina; Colegio Argentino de Cardiología; Federación Argentina de Sociedades de Ginecología y Obstetricia; Federación Argentina de Sociedades de Otorrinonaringología; Federación Nacional de Neurocirugía; y Sociedad de Ginecología y Obstetricia de Buenos Aires.

El listado de las entidades se completa con la Sociedad Argentina de Obstetricia y Ginecología de la Provincia de Buenos Aires; Sociedad Argentina de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora; Sociedad Argentina de Endocrinología Ginecológica y Reproductiva; Sociedad Argentina de Cardiología; Sociedad Argentina de Dermatología; Sociedad Argentina de Electrofisiología Cardiaca; Sociedad Argentina de Endometriosis; Sociedad Argentina de Ginecología Infanto Juvenil; Sociedad Argentina de Mastología; y la Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva.

Por último, figuran en el lista de entidades denunciadas la Sociedad Argentina de Patologías de Urgencias y Emergentología; Sociedad Argentina de Reumatología; Sociedad Argentina de Urología; Sociedad Argentina de Cirugía Ginecológica; Consejo Argentino de Oftalmología; Federación Argentina de Radiología; Federación Argentina de Cardiología; Sociedad Argentina de Radiología; Sociedad Argentina de Ultrasonografía en Medicina y Biología; y la Sociedad Argentina de Medicina Interna General.

Encuadre jurídico

ADDUC argumenta que el acuerdo de las cámaras va a contramano del artículo 2 inciso A de la Ley 27.442 (de Defensa de la Competencia) que dice que “constituyen prácticas absolutamente restrictivas de la competencia y se presume que producen perjuicio al interés económico general, los acuerdos entre dos o más competidores, consistentes en contratos, convenios o arreglos cuyo objeto o efecto fuere: a) Concertar en forma directa o indirecta el precio de venta o compra de bienes o servicios al que se ofrecen o demanden en el mercado”.

Por esa razón, la entidad solicitó que se abra una investigación y, en caso de comprobarse los hechos denunciados, se fije una multa “en el mayor monto que permite la Ley”.