El pedido que estaba en el escirto que la hermana del presidente presentó en la Justicia y que no había trascendido. Solicitaba que nadie pudiese hablar de ella en relación a los audios.

Tiempo accedió al documento que lleva la firma al pie de la hermana del presidente y de su abogado, Santiago Viola. Hasta el momento no había trascendido el contenido de la presentación. Solo se conocía un resumen que elaboró el propio juez Patricio Maraniello en la resolución del lunes pasado en la que dictó la cautelar que ordenó el cese de la difusión de los audios difundidos por el canal de streaming Carnaval.
Del documento se desprenden dos cuestiones centrales. La primera es que, como se sospechaba, la presentación fue realizada de manera personal por Karina Milei. Es decir que dejó afuera un elemento clave para la discusión: su calidad de secretaria general de la Presidencia, cargo desde el cual ejerce un fuertísimo nivel de influencia en la cúspide del Poder Ejecutivo.
Más bien, es un dato que aparece soslayado en el escrito. Hay apenas dos referencias a su cargo. La primera aparece en uno de los párrafos en el que alegó que la difusión de los audios trae consigo la «posibilidad de afectar la función que cumplo y las actividades del gobierno nacional». En el párrafo siguiente mencionó que la difusión «afecta directamente el rol que cumplo en mi trabajo y como funcionaria pública».
La segunda cuestión, todavía más llamativa, es que la funcionaria también le pidió a la Justicia que disponga «la prohibición de referirse en cualquier medio de comunicación masiva en forma directa e indirecta hacia mi persona con relación a supuestos audios o chats atribuidos a mi persona que, de ser ciertos, habrían sido obtenidos de forma ilegal y que podrían afectar gravemente a mi familia y la seguridad nacional».
En síntesis: Karina Milei también buscaba que la Justicia prohíba que en los medios se la mencione ligada a los audios. Una pretensión similar a la que tuvo la jueza federal María Servini en 1992, cuando pidió un amparo para evitar que el conductor y humorista Tato Bores emita un sketch que, según su criterio, afectaba su honor. De ahí es que por estos días hubo quienes reeditaron el famoso canto: “Karina Barú Budú Budía”.
Ese pedido acompañó al primero para que la Justicia disponga «el cese de la difusión de cualquier chat, foto, audio y video anunciados el día 29/08/2025 como atribuidos a mi persona en cualquier medio de comunicación de forma escrita y/o audiovisual y/o a través de redes sociales desde todo sitio, plataforma y/o canal web».
Maraniello, el juez que hizo lugar a la cautelar con la que se ganó varias denuncias ante el Consejo de la Magistratura, sólo accedió a esto último. En la redacción de la parte resolutiva aclaró que la medida cautelar se decretaba para ordenar «solamente el cese de la difusión de los audios grabados en la Casa de Gobierno (…) que sean atribuidos a la Sra. Karina Elizabeth Milei».
Más allá de esos puntos, en el escrito al que accedió este medio, la funcionaria sostuvo que la difusión de audios que «de ser ciertos, habrían sido obtenidos de manera ilegal e ilegítima» la perjudicarían en su honor, reputación, «en la actividad profesional que desarrolle y el buen nombre y honor de mi familia y del gobierno que integro».
«La difusión de los contenidos que se me atribuyen implican una intromisión arbitraria en mi vida y mi privacidad, como así también en los actos inherentes a mi actividad. Esto perturba mi honor bajo premisas totalmente falsas, con una intromisión a la privacidad inaceptable y con la única intención de dañarme a mi, a mi familia y a la actividad que desarrollo dentro del estado nacional», planteó en el escrito.
El aluvión de críticas que recibió el magistrado que hizo lugar a la cautelar se tradujo en sendas presentaciones judiciales. Desde periodistas y empresas periodísticas hasta el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y el Sindicato de Prensa de Buenos Aires (Sipreba) se presentaron ante la Justicia en lo Civil y Comercial para apelar la cautelar dispuesta por Maraniello.
Frente a ese escenario, este martes el magistrado dispuso elevar los planteos a la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, que será la encargada de analizar los planteos y definir si convalida o no la medida prohibitiva.
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