La medida, publicada en el Boletín Oficial, indica que las mismas "cumplen un rol preponderante" y resultan "esenciales" para afrontar la pandemia.

«La herramienta es el resultado del trabajo conjunto entre la AFIP y el Ministerio de Salud de la necesidad para adoptar medidas transitorias de protección y alivio fiscal a los contribuyentes del sector» y busca «garantizar el normal desempeño y funcionamiento de los establecimientos, instituciones y demás prestadores que lo conforman», añadió. La resolución general precisa en su artículo 1 que entre los beneficiarios estarán prestadores médico-asistenciales, instituciones de salud mental; establecimientos de rehabilitación, residencias geriátricas, empresas de emergencias médicas e internación domiciliaria prestadores del PAMI y de agentes del seguro de salud, además de obras sociales nacionales y provinciales.
Las ejecuciones fiscales estuvieron suspendidas durante 19 meses, como parte de las herramientas implementadas para amortiguar los efectos económicos de la pandemia del Covid-19. La medida finalizó el 31 de diciembre de 2021 para todos los sectores y la AFIP comenzó en febrero a radicar boletas de deuda que le permiten avanzar con las ejecuciones fiscales.
En los considerandos de la norma se reconoció el rol de los prestadores médico-asistenciales públicos y privados de internación, de diagnóstico y tratamiento, las instituciones de salud mental, así como los establecimientos geriátricos y de rehabilitación prestadores del Sistema Nacional del Seguro de Salud y del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (Inssjp) y los agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud». Al respecto, se destacó que «cumplen un rol preponderante y resultan componentes esenciales del sistema para afrontar la pandemia», por lo que se requiere «la implementación de políticas de sostenimiento económico».
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