Este viernes, el Tribunal Oral Federal en lo Criminal de Bahía Blanca resolvió condenar a prisión perpetua a 16 represores por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar. El veredicto se conoció luego de tres años y diez meses de juicio oral y público, en el proceso de mayor envergadura desarrollado hasta el momento en el sur de la provincia de Buenos Aires y la región patagónica. A esta instancia llegaron 32 imputados, acusados por secuestros, torturas, homicidios, desapariciones forzadas, robo de bebés y abusos sexuales cometidos contra 333 víctimas.

En relación con el desarrollo del proceso, la abogada querellante Verónica Bogliano explicó que la causa se inició con un número significativamente mayor de acusados. Según detalló, a lo largo de los distintos tramos del expediente hubo 52 imputados, pero solo 32 llegaron con vida al momento de la condena. Desde el comienzo del juicio fallecieron cinco personas, dos de ellas en los meses de agosto y septiembre, lo que terminó de definir el universo de imputados al dictarse el fallo.

Las condenas a prisión perpetua alcanzaron a Osvaldo Bernardino Páez, Osvaldo Lucio Sierra, Guillermo Julio González Chipont, Jorge Horacio Granda, Norberto Eduardo Condal, Carlos Alberto Taffarel, Víctor Raúl Aguirre, Enrique José Del Pino, Carlos Enrique Villanueva, Jorge Aníbal Masson, Bernardo Cabezón, José Marcelino Casanovas, Héctor Abelleira, Raúl Artemio Domínguez, Arsenio Lavayén y Claudio Kussman. Sobre este punto, Bogliano remarcó que el fallo dejó claramente establecida la responsabilidad penal de los imputados, ya que hubo 31 condenas y solo uno de los acusados, Carlos Alberto Ferreyra, no fue condenado en esta causa. No obstante, aclaró que no se trató de una absolución en términos generales, dado que Ferreyra ya había sido condenado a prisión perpetua en otros procesos por crímenes de lesa humanidad.

La abogada señaló, además, que el Tribunal reconoció la responsabilidad de todos los imputados juzgados por los delitos cometidos durante la dictadura y precisó que se dictaron 16 condenas a prisión perpetua, una de ellas como consecuencia de la unificación de causas, mientras que las restantes fueron impuestas de manera directa por el tribunal oral. En cuanto al resto de las penas, explicó que se distribuyeron en un rango que va de los 20 a los 7 años de prisión y que cada situación deberá ser analizada de manera particular una vez que se conozcan los fundamentos completos del fallo.

En ese marco, el Tribunal impuso 20 años de prisión a Mario Horacio Torres; 18 años a Adalberto Bonini y Humberto Luis Adalberti; 16 años a Roberto Carlos Brunello; 14 años a Eduardo Carlos Videla; 13 años y 10 meses a José Antonio Maidana; 13 años y 2 meses a Alberto Rey Pardellas; 13 años a Raúl Esteban Andrés; y 12 años y 6 meses a Alejandro Lawless y Enrique Stel. Asimismo, se dictaron penas de 10 años de prisión para Jorge Horacio Rojas, por unificación de causas, y para Martín Gutiérrez Velasco, y de 8 años para Ernesto Ramón Etchart y Vicente Alfredo Flores.

Durante la lectura del veredicto, la mayoría de los condenados siguió la audiencia de manera remota desde sus domicilios, ya que cuentan con el beneficio de la prisión domiciliaria. Sin embargo, Roberto Carlos Brunello, Ernesto Ramón Etchart y Norberto Eduardo Condal permanecen detenidos en unidades del Servicio Penitenciario, en tanto el Tribunal deberá analizar, en cada caso, las condiciones legales de las detenciones domiciliarias y las prisiones efectivas una vez que la sentencia quede firme.

Bahía Blanca: perpetua para 16 represores por crímenes de la dictadura

El fallo fue leído por los jueces Ernesto Pedro Francisco Sebastián, en carácter de presidente del Tribunal, y Sebastián Luis Foglia, como vocal, en una audiencia que comenzó por la mañana y se extendió hasta pasadas las 14.30, ante un hall colmado de familiares de detenidas y detenidos desaparecidos, sobrevivientes y representantes de los organismos de derechos humanos. El juicio incluyó 155 audiencias, dos inspecciones oculares y la declaración de 188 testigos, y constituyó el octavo proceso por delitos de lesa humanidad realizado en Bahía Blanca.

Más allá de las condenas, tanto la querella como la fiscalía destacaron la importancia de las medidas de reparación integral incluidas en la sentencia. En ese sentido, el Tribunal ordenó al diario La Nueva Provincia de Bahía Blanca la rectificación de publicaciones realizadas durante la dictadura, en las que se informaba falsamente que militantes políticos habían sido abatidos en enfrentamientos, cuando, en realidad, habían sido secuestrados por el Ejército y luego asesinados o desaparecidos. La medida, solicitada por la fiscalía, la Secretaría de Derechos Humanos y la querella de H.I.J.O.S., establece que la rectificación deberá publicarse en el mismo medio, con igual relevancia y dimensión que las notas originales.

Desde la fiscalía, el fiscal general de la Unidad de delitos de lesa humanidad, Miguel Ángel Palazzani, expresó su conformidad con el veredicto al señalar que el Tribunal valoró las pruebas presentadas y creyó en los testimonios de las víctimas, a los que consideró un aporte fundamental para alcanzar las condenas. Destacó, además, que, por primera vez, se reconoció la responsabilidad de todos los integrantes del Batallón 181 de Comunicaciones de Bahía Blanca, así como la del médico Humberto Adalberti y el enfermero Osvaldo Bonini, quienes asistían a las sesiones de tortura en el centro clandestino de detención.

El fallo también incluyó condenas por delitos sexuales cometidos durante los secuestros. Si bien no se trata de las primeras condenas por abusos sexuales en Bahía Blanca, el proceso tuvo una particularidad: durante el debate oral y a partir de los testimonios de las víctimas, se ordenó ampliar las imputaciones por abuso sexual con acceso carnal, luego de una apelación que permitió incorporar estas acusaciones en el transcurso del juicio.

En línea con las medidas de reparación simbólica, el Tribunal dispuso, además, la reposición y puesta en condiciones de los carteles de señalización de los espacios de memoria que fueron objeto de inspecciones oculares durante el debate, al advertir que no se encontraban en buen estado. Se trató de una decisión adoptada de oficio por los jueces, sin requerimiento previo de las partes, que refuerza el carácter integral de la sentencia.

La Subsecretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires participó como querellante, como lo hace en todos los juicios por crímenes del terrorismo de Estado en el territorio bonaerense, y brindó acompañamiento psicológico a víctimas y familiares a través del equipo de acompañamiento Dra. Silvia Bleichmar.

Finalmente, el Tribunal informó que, en un plazo aproximado de 40 días hábiles, se conocerán los fundamentos del veredicto, instancia a partir de la cual las partes podrán analizar en profundidad cada una de las condenas, en un fallo que se inscribe como un nuevo hito en el proceso de memoria, verdad y justicia.