La Ciudad de Buenos Aires debería funcionar de manera similar a una provincia tras la aprobación de su Constitución en la década de 1990, pero uno de los principales obstáculos para lograrlo es el propio macrismo, al no cumplir con la Ley Orgánica de Comunas (Ley 1.777) en varios aspectos que se aprobó varios años después, el 1° de septiembre de 2005.

Buscan restablecer el funcionamiento pleno de la Ley de Comunas que fue restringida por decreto de Jorge Macri

A esto se le suma que el año pasado el jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, firmó el Decreto 114/25 que reorganizó áreas dependientes de la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano y desarticuló la estructura orgánica de las Comunas.

Por esta razón, un proyecto de ley ingresado en la Legislatura porteña propone restablecer la estructura orgánico-funcional de las 15 Comunas de la Ciudad de Buenos Aires y derogar parcialmente disposiciones del decreto macrista, al sostener que esa norma modificó competencias que corresponden por ley a los gobiernos comunales.

El Expediente 2282-D-2026 presentado por la legisladora Delfina Velázquez de fuerza por Buenos Aires (FxBA), cuenta con las coautorías de Claudio Américo Ferreño, Victoria Freire, Andrés La Blunda, Juan Pablo Modarelli y Alejandro Salvatierra.

De ser aprobada en el recinto, la Ley establece que los actos administrativos, designaciones y compromisos presupuestarios realizados bajo la estructura creada por ese decreto deberán adecuarse, en un plazo de 60 días, a las competencias fijadas por la Ley Orgánica de Comunas. El texto prevé que, de no concretarse esa adecuación, esos actos podrán ser declarados nulos.

Buscan restablecer el funcionamiento pleno de la Ley de Comunas que fue restringida por decreto de Jorge Macri

Fundamentos de la Ley

Las y los legisladores cuestionan la creación de nuevas áreas vinculadas con la gestión del espacio público y la modificación de las responsabilidades de la Dirección General Competencias Comunales y Talleres. El argumento principal es que el decreto de Jorge Macri implicó una centralización de funciones que, según la Constitución de la Ciudad y la Ley Orgánica de Comunas, corresponden exclusivamente a las Juntas Comunales.

En síntesis, el proyecto propone dejar sin efecto parcialmente los artículos 3° y 7° del Decreto 114/25 y las modificaciones introducidas en el Anexo II de esa norma, que reorganizó áreas dependientes de la Secretaría de Gobierno y Vínculo Ciudadano.

Entre otros puntos, el proyecto señala que programas impulsados desde el Poder Ejecutivo, como las reuniones realizadas en el marco de “Mi Comuna, Mi Barrio”, desplazarían a los ámbitos institucionales de participación previstos por la normativa, como los Consejos Consultivos Comunales y las Juntas Comunales.

Esa modalidad podría debilitar el modelo de descentralización política y administrativa previsto por la Constitución porteña, al concentrar funciones en dependencias del Ejecutivo que, a criterio de los impulsores del proyecto, deberían permanecer en la órbita comunal.

¿Provincia o municipio?

El Gobierno de la Ciudad ataca como una provincia y se victimiza como un municipio. Esta premisa no es azarosa y resume en parte el accionar de la gestión macrista en sus 18 años de administración. Es porque en reiteradas oportunidades enfatizó con orgullo su autonomía, implementando como corresponde sus propias políticas educativas, sanitarias y sociales al mismo tiempo que le reclamaba más dinero del que le correspondía al Estado nacional respecto a la coparticipación, montos para manejar su propia fuerza de seguridad, subsidios para el subte y varias obras que deberían estar en manos del distrito porteño, pero que fueron finalmente realizadas por Nación.

La Constitución porteña, en su artículo primero, establece que sus instituciones autónomas se organizan como democracia participativa y en su título sexto define a las comunas como comunidades de gestión política y administrativa descentralizadas, y que esta Ley es la que regula su integración, funcionamiento y competencias.

Si la ley funcionara correctamente, las 15 comunas operarían como «mini intendencias», permitiendo a los vecinos intervenir directamente en los problemas de sus barrios a través de los consejos consultivos. En este esquema, las juntas —integradas por siete comuneros electos— deberían ser las interlocutoras naturales de la ciudadanía.