Economía coloca deuda por US$ 1.173,65 millones en el Sector Público

La letra emitida por el Tesoro Nacional tiene como fecha de emisión el 28 de agosto, y de vencimiento el 23 de febrero de 2024.

Las secretarías de Finanzas y de Hacienda dispusieron la emisión de una letra del Tesoro a 179 días por US$ 1.173,65 millones, a ser suscripta por jurisdicciones, entidades, empresas, entes y fondos fiduciarios del Sector Público Nacional, a través de la resolución conjunta 41/2023 publicada este viernes en el Boletín Oficial.

La letra tiene como fecha de emisión el 28 de agosto, y de vencimiento el 23 de febrero de 2024. La emisión es por US$ 1.173.654.219,98 con precio de suscripción de US$ 983,13 por cada valor nominal original (VNO) de US$ 1.000 y cupón cero a descuento.

En el tramo final de su presidencia, Mauricio Macri estableció mediante el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 668/2019 que una serie de entes, jurisdicciones, empresas y fondos fiduciarios del Estado Nacional «sólo podrán invertir sus excedentes transitorios de liquidez, mediante la suscripción de Letras pre cancelables emitidas por el Tesoro Nacional a un plazo que no exceda los 180 días».

La movida de Economía

La medida fue parcialmente modificada ya en la presidencia de Alberto Fernández a través del DNU 346/2020, y ambas normas fueron prorrogadas este año por el decreto 88/2022.

Las jurisdicciones y organismos involucrados sujetos a ser suscriptores de la letra del Tesoro están comprendidos en el artículo 8 de la Ley 24.156 de Administración Financiera:

a) Administración Nacional, conformada por la administración central y los organismos descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las instituciones de seguridad social.

b) Empresas y sociedades del Estado, que abarca las sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, de economía mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias.

c) Entes públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional, que abarca a cualquier organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, donde el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formación de las decisiones, incluyendo aquellas entidades públicas no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones.

d) Fondos fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes o fondos del Estado nacional.

Compartir

Entradas recientes

De Diego en el Azteca, a Maradona en Miami

Para vencer a este México habrá que vencer primero al estadio Azteca, el más mundialista…

9 mins hace

Fernando Samalea presenta «Viviendo el futuro»: giras, Charly García y el archivo vivo del rock argentino

El libro reúne relatos personales atravesados por décadas de música y cambios tecnológicos. También incluye…

22 mins hace

«Tristán y los días por venir»: una adolescencia trans en primer plano, siete años de rodaje y la lucha contra los discursos de odio

Las directoras cuentan cómo fue acompañar a su protagonista desde los 14 años y por…

24 mins hace

Pruebas Aprender: el Gobierno celebró como propia una mejora que consolida la tendencia registrada en 2023

Pese a los recortes en Educación y a no haber construido ni una escuela, la…

26 mins hace

Murió María Comesaña, una actriz de extensa trayectoria en el teatro argentino

Desarrolló una carrera de más de cinco décadas sobre los escenarios. Participó de grandes clásicos…

36 mins hace