El organismo expresó su preocupación por el aumento de las denuncias por malos tratos desde 2024.

“En particular, inquietan las informaciones recibidas que denuncian actos de tortura y/o malos tratos, como golpes, amenazas, humillaciones, prácticas violentas de ‘bienvenida’ e ‘interrogatorios coercitivos, presuntamente cometidos por agentes penitenciarios y de policía’”, se destaca en el informe.
En diálogo con Tiempo, Guillermo Nicora, director de Área de Cárceles y Políticas Penitenciarias del INECIP, puntualizó: “Es muy importante el paso que ha dado este año el Comité. Tal como venimos sosteniendo desde INECIP, el CAT ha dicho muy claramente que se debe terminar de manera urgente con esas detenciones inhumanas en condiciones degradantes. Y que los jueces deben disponer, luego de la formulación de cargos contra el detenido, su libertad con medidas que aseguren su presencia, o en todo caso, la prisión preventiva, en un establecimiento penitenciario adecuado».
El especialista argumentó que tanto «en este y en otros temas, el Comité ha escuchado las voces de la sociedad civil, que se expresaron en un marco de pluralismo y de auténtica preocupación frente al severo deterioro del Estado de derecho”.
El CAT insta a garantizar un trato adecuado a quienes permanecen bajo custodia en estas instalaciones, mientras se busca una solución urgente para poner fin a esta práctica. Esto implica asegurar el acceso inmediato a atención médica, instalaciones sanitarias en condiciones, agua potable y una alimentación suficiente, así como la posibilidad de acceder a espacios al aire libre o zonas de recreación.
Además, el Estado Parte debe realizar una evaluación diligente para determinar si las personas detenidas en estas dependencias policiales pueden beneficiarse de alternativas a la detención.
El fortalecimiento de los mecanismos institucionales de garantía y la evaluación sobre alternativas a la prisión son acciones que tienen un claro destinatario: el Poder Judicial. En ese sentido, y sin dejar de lado las responsabilidades que caben a otros poderes, son los jueces y las juezas los garantes últimos de las condiciones de detención. Y todas las personas detenidas por períodos prolongados en una comisaría lo están por una decisión judicial. Son los jueces y las juezas quienes deben cumplir con este mandato de revisar posibles medidas alternativas a la enorme cantidad de casos en donde esas medidas serían posibles y útiles para evitar riesgos procesales.
Además, al hablar de promover el traslado a centros de detención adecuados después de la formulación de cargos, el CAT le está recordando a los jueces cuál es su función en esa audiencia inicial: o mantener la privación de la libertad en un espacio apto para detenciones de largo plazo (siempre que exista lugar disponible) o, en su defecto, liberar a la persona. El retorno a la comisaría luego de la formulación de cargos constituye una gravísima violación al deber jurisdiccional de prevención de la tortura que el organismo especializado de Naciones Unidas, acertadamente, se ocupa de destacar.
Las recomendaciones del CAT se inscriben en la misma línea de lo señalado por el INECIP en el informe presentado en octubre pasado; hacen especial énfasis en la situación de las comisarías como una situación de tortura y marcan la necesidad de reforzar el rol de los órganos garantes.
El CAT solicitó que, a más tardar el 28 de noviembre de 2026, se otorgue información sobre el seguimiento dado a las recomendaciones. Incumplirlas expone a Argentina a responsabilidad internacional en una materia tan sensible para nuestra historia: la prevención de la tortura.
Las observaciones de la CAT describen situaciones vergonzosas para nuestro sistema penal. Este órgano de Naciones Unidas expresó “su seria preocupación por las situaciones de detención prolongada, incluyéndose informes de casos en los que algunas personas han sido retenidas por más de seis meses o inclusive más de un año, en comisarías y otras dependencias policiales que, por su propia naturaleza, no están diseñadas para estancias de larga duración”.
El Comité describió las condiciones de detención como sumamente deficientes, tales como celdas sin ventilación ni luz natural, falta de instalaciones sanitarias adecuadas, escaso acceso a agua potable y alimentación insuficiente y la falta de espacios al aire libre o zonas de recreo. Además, se observan demoras significativas en la atención médica a las personas detenidas.
Por otro lado, el informe aborda temas como la falta de salvaguardias legales fundamentales de las personas detenidas y el uso excesivo de la fuerza en protestas sociales, entre otros. También se destacan situaciones locales, como las detenciones masivas sin supervisión judicial en el marco de “operativos preventivos” en Tucumán, en los procedimientos de “orden y limpieza” en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la provincia de Buenos Aires contra personas en situación de calle.
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