El gobierno prohibió por decreto que los espías asistan a la justicia

Modificó la ley de inteligencia y le quitó a la AFI facultades "represivas, policiales y de investigación".

El gobierno nacional modificó este jueves por decreto la ley de Inteligencia Nacional que regula el funcionamiento de la AFI, que ya no podrá realizar tareas «represivas, policiales y de investigación».

Como lo había anunciado el domingo el presidente Alberto Fernández durante la Asamblea Legislativa, a través del decreto 214/2020 el Ejecutivo estableció que «ningún organismo de inteligencia podrá realizar tareas represivas, poseer facultades compulsivas, ni cumplir funciones policiales o de investigación criminal».

La Ley de Inteligencia Nacional 25.520 establecía una excepción que permitía a los organismos de inteligencia participar como auxiliares de la justicia en las investigaciones criminales. Esto había cimentado una larga y oscura relación entre jueces y espías.

Entre los argumentos de esta reforma, el presidente consideró que «corresponde limitar de forma urgente ese resquicio legal, que permitió generar y retroalimentar vínculos espurios desarrollados entre organismos de inteligencia y algunos sectores del sistema de justicia, franqueando la participación de aquéllos en funciones totalmente ajenas a sus verdaderas áreas de incumbencia».

Destacó que se enmarca en la intervención de la Agencia Federal de Inteligencia que dispuso Fernández en diciembre y la derogación del decreto 656 de Mauricio Macri que eliminó el régimen que obligaba a darle transparencia al manejo de fondos de ese organismo.

Con este decreto, se modifica el artículo 4 de la ley de Inteligencia y establece que «ningún organismo de inteligencia podrá realizar tareas represivas, poseer facultades compulsivas, ni cumplir funciones policiales o de investigación criminal».

Tampoco le estará permitido «obtener información, producir inteligencia o almacenar datos sobre personas, por el solo hecho de su raza, fe religiosa, acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales, así como por la actividad lícita que desarrollen en cualquier esfera de acción».

A la vez, ningún organismo de la AFI podrá «influir de cualquier modo en la situación institucional, política, militar, policial, social y económica del país, en su política exterior, en la vida interna de los partidos políticos legalmente constituidos, en la opinión pública, en personas, en medios de difusión o en asociaciones o agrupaciones legales de cualquier tipo».

Así como tampoco podrá «revelar o divulgar cualquier tipo de información adquirida en ejercicio de sus funciones relativa a cualquier habitante o a personas jurídicas, ya sean públicas o privadas, salvo que mediare orden o dispensa judicial».

Compartir

Entradas recientes

El techo de cristal de El Jefe: Karina Milei «festeja» solo un 70% de rechazo mientras su imagen positiva cae al piso histórico de un dígito

Una encuesta de Synopsis revela que la secretaria general de la Presidencia tocó su piso…

3 horas hace

Aparece el primer informe privado que muestra que la actividad económica cayó en abril

Se trata de un estudio de OJF, la consultora que dirige el economista Orlando Ferreres.…

3 horas hace

Etiquetado Frontal: las excusas de Milei para derogar una ley que se aprobó con dos tercios en ambas cámaras del Congreso

La norma sancionada durante el gobierno de Alberto Fernández obtuvo 64 votos a favor y…

4 horas hace

“Sobre el destiempo” de Gustavo Toba: cuando la verdadera vida está ausente

Un volumen de imágenes tenues y fragmentos líricos que exploran los desencuentros de la memoria,…

4 horas hace

Estudiantes detenidos presentaron un habeas corpus colectivo: reclaman útiles para el desarrollo académico

"Solicitamos a las máximas autoridades que intervengan ante esta situación que aqueja a toda la…

4 horas hace