“El proyecto de Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada establece el régimen de desalojo más agresivo de América Latina”, advirtió Gervasio Muñoz, el presidente de Inquilinos Agrupados, quien el miércoles se presentará en el Senado para exponer sobre la normativa que busca aprobar el gobierno. Desde la ONG realizaron un análisis comparativo del proyecto con la legislación vigente en seis países y “los hallazgos son contundentes”, argumentaron.

“Si una familia inquilina fue despedida del trabajo, o le pagan el salario en cuotas, o trabaja con ingresos diarios y se atrasa 3 días en el pago del alquiler, la ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada establece el desalojo inmediato. Es el fin de algún tipo de derecho a la vivienda”, puntualizó Muñoz.

El proyecto

Como se sabe, el Poder Ejecutivo envió el mencionado proyecto al Senado que lleva la firma del presidente Javier Milei y la totalidad de su gabinete. De este modo, con 53 artículos que abarcan desde el régimen expropiatorio hasta el sistema registral inmobiliario, el oficialismo pretende modificar seis leyes e introduce reformas al Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y al Código Civil y Comercial.

La norma planteada por el gobierno pretende el “desalojo por vía sumarísima”, es decir que se llevará adelante el procedimiento más rápido del ordenamiento procesal; además, antes de iniciar el desalojo por falta de pago, el locador deberá intimar al inquilino, pero el plazo es de apenas tres días corridos.

Por otro lado, el propietario puede solicitar la desocupación inmediata del inmueble bajo caución juratoria, una simple declaración sin depósito de dinero; el juez deberá resolver la solicitud de entrega inmediata dentro de los cinco días.

Por último, se establece que los mandamientos de lanzamiento incluyen la habilitación de días y horas inhábiles, fuerza pública y allanamiento; incluso, el proyecto no contempla la posibilidad de que el inquilino detenga el proceso pagando lo adeudado, un mecanismo presente en la mayoría de las legislaciones comparadas.

Otros países

La ONG analizó las normas de El Salvador, Brasil, Perú, Uruguay, España y Paraguay. En cuanto a los plazos, Brasil y España otorgan 30 días hábiles y Uruguay 10, por ejemplo. Ninguno de los países estudiados reduce el plazo a menos de una semana.

Por caso, Brasil, España, Uruguay y El Salvador contemplan la posibilidad de que el inquilino detenga el desalojo pagando lo adeudado. Argentina eliminaría este mecanismo de protección presente en la mayoría de las legislaciones comparadas.

Brasil exige al propietario depositar tres meses de alquiler como caución para obtener una liminar de desalojo. El proyecto argentino solo requiere “caución juratoria” —una simple declaración— sin respaldo económico que proteja al inquilino ante desalojos abusivos.

Entre otros puntos, Inquilinos Agrupados detectó que España separa explícitamente el desahucio express (solo para okupas) del procedimiento para inquilinos morosos. El proyecto argentino, sin embargo, aplica mecanismos de desocupación inmediata tanto a intrusos como a inquilinos por falta de pago, borrando esa distinción.