El Juzgado Federal de Campana ordenó la inmediata aplicación de la Ley de Emergencia en Discapacidad que estaba promulgada pero frenada por el decreto del presidente Javier Milei que exigía al Congreso que explique de dónde sacar los fondos. La aplicación fue al hacer lugar a un amparo colectivo y declarar inconstitucional parte del decreto.
La disposición judicial es una sentencia definitiva que en su parte resolutiva indica: “Declarar la invalidez del Art. 2° del Decreto 681/2025, publicado el 22 de septiembre de 2025 en el Boletín Oficial de la República Argentina y, en consecuencia, ordenando la inmediata aplicación de la Ley 27.793”
La sentencia tiene efectos expansivos para todo el colectivo representado en el amparo y todas las personas con discapacidad titulares de Certificado Único de Discapacidad (CUD) que reciben prestaciones bajo la Ley 24.901, sus familias y cuidadores, y los prestadores de servicios de discapacidad. Las costas del juicio fueron impuestas al Estado Nacional como parte vencida.
El Foro Permanente para la Promoción y la Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad, dio a conocer la noticia en sus redes y en su página web remarcó que “Para las familias, esta sentencia significa la protección inmediata de sus derechos fundamentales a la salud, educación y rehabilitación”.
La Justicia frenó el avance del Gobierno y declaró inconstitucional el decreto que suspendió la Ley de Emergencia en Discapacidad.
— Foro Permanente Discapacidad (@PermanenteForo) December 12, 2025
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