El abogado de la demandante asegura que el usuario de la red social es el único bien de valor registrado a nombre del accionado. Una sentencia que abre camino a otras medidas innovadoras.
Según publicó Diario Judicial, la medida fue solicitada por la madre que reclamó la falta de pago de los alimentos de su hijo. La Asesoría de Menores, en su dictamen, estuvo de acuerdo y explicó que “cada caso exige una respuesta personalizada para procurar el interés superior del niño”. Por tal motivo, sugirió que se acepte la suspensión de la cuenta “hasta que el progenitor se ajuste a derecho y cumple con sus obligaciones alimentarias”.
Ante la inexistencia de cuentas bancarias de las que el alimentante deudor fuera titular, la magistrada optó por una medida para disuadirlo de su postura y dispuso la suspensión del usuario del tiktoker, para lo que invocó el artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación. Su orden judicial, además, requirió a la empresa “abstenerse de dar altas a nuevos usuarios a nombre del demandado”.
Si bien la medida fue emitida en diciembre de 2023, la notificación fue dificultosa ya que la empresa propietaria tiene su sede legal en China. No obstante, el abogado de la demandante, Rodrigo Tripolone, presentó un escrito informando el enlace donde debía adjuntarse la sentencia y acompañó capturas de pantalla. Asimismo, explicó al tribunal que “únicamente la autoridad gubernamental o judicial puede enviar los requerimientos” por medio de ese link.
Con asistencia del área informática del Poder Judicial, la secretaría del juzgado de Morón cumplió con la notificación y si bien, aún la empresa no informó sobre el estado del requerimiento, la cuenta de TikTok de deudor de alimentos aparece como “no disponible”.
El abogado Tripolone contó a Diario Registrado que el usuario de la red social mencionada fue considerado como el único bien de valor registrado del influencer deudor. “Investigué sobre ello, y una vez que la jueza autorizó la suspensión del usuario, busqué la forma de que pudiera llevarse a cabo, para lo cual preparé un instructivo y se lo acompañé al Juzgado”, manifestó. En este aspecto, el profesional aseguró a Diario Digital Femenino, que “resoluciones como la del caso en concreto, reconoce que el incumplimiento de la cuota alimentaria es violencia económica y lleva el mensaje a la sociedad que no es tolerada en los juzgados”.
Según el letrado, se trata de una solución innovadora “que procura hacerse extensiva al resto de los casos, dado que en la actualidad hay un determinado segmento de personas que vive a través sus publicaciones y seguidores en las redes sociales, esperando que con ello se pueda avanzar un poco más en la erradicación de la violencia económica y de cualquier otro tipo”. En este sentido, ponderó el rol del Departamento Judicial de Morón como de avanzada.
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