Muchas mujeres llegan a la cárcel por delitos menores o situaciones vinculadas al narcomenudeo, y una gran parte de ellas sostiene familias monoparentales. Aunque en las últimas décadas la legislación reconoció que el establecimiento penitenciario no es un espacio adecuado para ejercer la maternidad plena, en la práctica la designación de la prisión domiciliaria sigue sujeta a criterios arbitrarios. Y cuando se otorga, las condiciones de vulnerabilidad suelen agravarse, dejando a las mujeres y a sus hijos e hijas con sus derechos vulnerados.
Vulnerabilidad
Las trayectorias de las mujeres privadas de libertad están atravesadas por desigualdades sociales, económicas y por la violencia de género. En muchos casos, son ellas quienes, además del encierro, cargan con el cuidado de hijos e hijas por conformar familias monoparentales.
Macarena Hoffman, coordinadora del equipo de Política Criminal y Violencia en el Encierro del Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels), señala a Tiempo Argentino que existen “situaciones de mucha vulnerabilidad previas al encarcelamiento de la madre, especialmente vinculadas a la pobreza”. Durante el encierro, además, se produce un fuerte “desmembramiento familiar”. En este sentido, advierte: “Cuando el Estado castiga un delito o dicta una prisión preventiva -más común en mujeres que en hombres-, esa pena también recae sobre sus hijos y su entorno”.
Por su parte, Liliana Cabrera, integrante de YoNoFui -colectivo transfeminista, anticarcelario y abolicionista penal-, explica que muchas mujeres llegan a la privación de la libertad impulsadas por la supervivencia, ante la falta de oportunidades y la necesidad de una respuesta económica. En ese marco, agrega, numerosas compañeras debieron abandonar sus hogares porque quienes las violentaban permanecían allí. Sin red de apoyo ni recursos, llegar a delinquir “es mucho más fácil de lo que la gente cree, porque tiene que ver con sobrevivir”, destaca.
Maternidad y prisión: cuando la ley no basta
Cabrera relata los desafíos de maternar en el encierro y la dificultad de compartir esta realidad con otras mujeres: “Si bien no estuve en planta de madres, toda mi sentencia conviví con compañeras que estaban en el ala de plantas de madres en la unidad 31 de Ezeiza”. Lo más difícil, afirma, es “intentar colectivizar la experiencia de la maternidad”.
En las trayectorias de sus compañeras con hijos en prisión ha visto “muchas peleas y luchas por el acceso a derechos, porque te atienda el pediatra, porque le den el refuerzo a tu hijo”. Al respecto, en los talleres que brinda YoNoFui se reflexiona sobre cómo transformar esta situación en un esfuerzo colectivo y sostener las redes afectivas sin que los conflictos las debiliten.
Estas experiencias evidencian que el establecimiento penitenciario no es un espacio adecuado para ejercer la maternidad plena, ni en el autocuidado de la madre ni en el cuidado del niño. Esta realidad expone una contradicción aún mayor cuando se contrasta con el marco legal vigente. Según la coordinadora del CELS: “No puede haber madres con hijos detenidos”, enfatizando que “si la madre debe cumplir una pena, que sea fuera de la cárcel con una prisión domiciliaria”.
La Ley 26.472 modificó los artículos 32 y 33 de la Ley 24.660 de Ejecución Penal, ampliando los supuestos de prisión domiciliaria como alternativa al encierro. Su propósito fue humanizar el cumplimiento de la pena en casos especiales: mujeres embarazadas o madres de niños menores de cinco años, personas con discapacidad, mayores de 70 años y personas con enfermedades graves. En el caso de las mujeres, la norma busca evitar el daño que el encierro puede provocar en los vínculos de maternidad y priorizar el interés superior del niño.
No existen cifras oficiales sobre cuántas personas acceden a la prisión domiciliaria, lo que dificulta dimensionar su alcance real. Aun así, según datos del último informe del SNEEP 2024 (Sistema Nacional de Estadísticas de Ejecución de la Pena), en el país hay 5.213 mujeres privadas de libertad, de las cuales 75 (1,4%) conviven con sus hijos dentro de establecimientos penales.
La pregunta, entonces, es qué tan efectiva resulta esta herramienta. En la práctica, la aplicación de la prisión domiciliaria depende del criterio de cada juzgado. Leandro Halperin, abogado y especialista en políticas penitenciarias, advierte que “no hay perspectiva de género ni en el tratamiento individualizado ni en la consideración que los jueces deben tener, excepto cuando es en perjuicio de la mujer. No percibo el beneficio”.
En muchos casos, el arresto domiciliario termina convirtiéndose en lo que Cabrera denomina, junto al CELS, un “castigo a domicilio”. Esto ocurre cuando no existen políticas públicas que acompañen a las mujeres durante el cumplimiento de la condena fuera del penal. Fernández Hofmann agrega: “La mujer queda encerrada en su casa sin posibilidad de trabajar ni de brindar las tareas de cuidado, porque el Estado se desentiende. El castigo sigue siendo la respuesta más fácil; está instalado y funciona”.
Desde el CELS, Fernández remarca la dimensión de género que subyace a estas situaciones: “Hay un peso para castigar a la mujer por haber sido incorrecta y ser mala madre”. De este modo, la falta de criterios judiciales uniformes profundiza la vulnerabilidad de las madres privadas de libertad y de sus hijos. Halperin hace hincapié en que “el Estado adolece de una perspectiva de género, excepto para los sectores más acomodados”.
Vulneraciones materiales y estructurales
Si los derechos muchas veces no se garantizan fuera de los muros, menos aún dentro de ellos. En este sentido, las mujeres que maternan en las cárceles argentinas no sólo enfrentan el encierro, también la condena de un sistema que no brinda las garantías necesarias para ejercer plenamente su rol maternal.
Liliana Cabrera lo resume con crudeza: “No está garantizado el derecho de nadie que está privado de la libertad, principalmente porque la cárcel no sirve para nada. Los contextos de encierro son una ratonera.”
Fernández Hofmann advierte que crecer junto a una madre privada de su libertad puede generar secuelas cognitivas y emocionales difíciles de revertir. “Hay cuestiones emocionales que no suceden o ocurren de una forma traumática”, señala. Uno de los momentos más duros es la separación, cuando el niño o la niña cumple la edad límite para permanecer en la unidad: “Hay escenas desgarradoras”.
La especialista resume sin rodeos que los obstáculos para ejercer la maternidad en prisión son totales. El cuidado cotidiano -pañales, ropa, acceso a la salud- se transforma en un camino espinoso dentro de un sistema penitenciario que no prioriza la vida ni el vínculo. Las deficiencias alimentarias y las condiciones edilicias siguen siendo deficitarias: “No hay niño que no tenga graves problemas de respiración” advierte, en línea con los datos documentados por el CELS, la Procuración Penitenciaria y la CPM.
A estas vulneraciones materiales se suma una dimensión estructural: “En una sociedad paternalista como la nuestra, donde el Estado siempre cree tener la razón, la protección del derecho del menor queda sujeta a la discrecionalidad del juez”, explica Halperin. Es decir, revela las grietas de un Estado que castiga más a las mujeres pobres y cuidadoras que a los delitos mismos. Humanizar el encierro implica reconocer que cada niño y niña tiene derecho a crecer en un entorno afectivo y seguro. Incluso, y sobre todo, cuando su madre está privada de libertad.
Políticas públicas que acompañen, no castiguen
Muchas mujeres llegan a la cárcel por delitos menores o situaciones de narcomenudeo, y muchas son madres de familias monoparentales. Para evitar que esto ocurra, son fundamentales las políticas públicas integrales: de trabajo, habitacionales y de apoyo. Cabrera, de YoNoFui, reflexiona: “Muchas de las personas que llegan a los penales, de haber tenido otras oportunidades, no hubieran llegado ahí ni a ganchos”.
Halperin advierte que la ausencia de políticas con perspectiva de género se extiende incluso a la etapa postpenitenciaria. “El Estado debe incorporarlas tanto durante el encierro como después de la salida, porque cuando sale, esa mujer vuelve al mismo lugar y en las mismas condiciones de vulnerabilidad”. Y agrega: “Una madre sola con hijos difícilmente modifique su situación con políticas que solo la encierran, por más maternidad responsable que tenga”.
La prisión domiciliaria tampoco garantiza acompañamiento. “Ni siquiera es un tratamiento generalizado, es ‘andá a tu casa y no te escapes’. El Estado se desentiende”, señala Halperin. Cabrera coincide y destaca que “tiene que venir acompañada de otras políticas”. Desde YoNoFui, “nos parece importante pensar la cárcel más allá de los contextos de encierro”, exclama.
Fernández Hofmann completa la reflexión señalando que “el encierro debe ser la última opción para una mujer con hijos, porque la trascendencia de la pena es inevitable”. Reconoce la detención domiciliaria como herramienta, pero aclara que “no debe ser la primera opción, sino intentar sostener la libertad”.

En la Provincia de Buenos Aires
La Comisión por la Memoria informó que a septiembre de 2025 la población carcelaria en PBA creció 6% desde iniciado el año. Con 61.999 internos la sobrepoblación se ubica en el orden del 113.2%. De la cifra 3703 son mujeres (5,9%) y 112 personas trans (0,2%); 62 detenidas estaban criando a sus hijos e hijas y/o cursando un embarazo dentro de una cárcel provincial; 26 internas están embarazadas y 36 niños y niñas viven en una unidad penitenciaria bajo cuidado de madres privadas de libertad.
Aumento de la población carcelaria
La Procuraduría de Violencia Institucional (PROCUVIN) informó que septiembre finalizó con un registro 12.062 personas privadas de su libertad en el ámbito Servicio Penitenciario Federal. Las cifras salen del reporte trimestral «Población privada de libertad en cárceles federales», elaborado por el Área de Análisis e Investigaciones Interdisciplinarias.
La PROCUVIN precisó que septiembre de 2025 concluyó con 952 mujeres y 33 personas travesti-trans privadas de su libertad en cárceles federales. Según señala el documento el conjunto representa el 7,9% del total de la población penal.
La oficina especializada destacó que la población de mujeres creció un 8% durante 2025 (67 personas) y que se triplicó la cifra de mujeres con sus hijos y de niños que viven en la cárcel, que suman 15 en total.
La proporción de mujeres y personas travesti-trans detenidas con prisión preventiva supera ampliamente la cifra general.
Más de la mitad (50,4%) se encuentra a disposición de la justicia federal.