La Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) envió a la Honorable Cámara de Diputados un documento técnico en el que analiza el proyecto PE-159/25 OD-699/25 CD-/26, «Ley de Modernización Laboral». En su análisis señala que impacta en forma negativa y directa en los derechos constitucionales de las personas detenidas.
La propuesta oficial -que se encuentra en pleno tratamiento legislativo y cuenta con media sanción- pretende excluir a las personas privadas de libertad del ámbito de la Ley de Contrato de Trabajo. Además, estipula modificar disposiciones de la Ley de Ejecución Penal.
Cabe destacar que el trabajo en cárceles no es un beneficio, tampoco una concesión del sistema penitenciario. Porque la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales -con jerarquía constitucional- reconocen la protección del trabajo en sus diversas formas y establecen que la ejecución de la pena privativa de libertad debe estar orientada a la reinserción social de personas detenidas.
El trabajo es organización y respeto
Ariel Cejas Meliare, es abogado y titular de la PPN: «El trabajo en los penales cumple una función central para resocializar a las personas detenidas. Porque organiza la vida cotidiana en ese lugar, contribuye a la construcción de una convivencia respetuosa y organizada», explicó, en diálogo con Tiempo.
Cejas Meliare enfatizó: «Lo más importante es que el trabajo permite que las personas detenidas puedan sostener los vínculos y lazos familiares durante la condena«.
En esta línea, cabe destacar, que las personas que habitan las cárceles -en su gran mayoría- son pobres; no tienen nada. Con ese poco dinero que generan en el encierro, muchas veces logran que sus familias puedan comer.

Desregulación y vulneración del régimen laboral penitenciario
En tanto, el artículo 212 del proyecto de la Reforma Laboral deroga partes de la Ley de Ejecución Penal; quita las reglamentaciones fundamentales que regulan el trabajo en situación de encierro. Entre ellas, que el trabajo sea regulado como en el mundo libre y que sea remunerado.
Cejas Meliare contó que el escrito presentado sostiene que la exclusión general del régimen laboral común sin la adopción especifica de una regulación se traduce en «una violación directa a los derechos constitucionales de las personas detenidas».
El documento presentado por el organismo advierte que el proyecto «Ley de Reforma Laboral» del oficialismo se aparta de la jurisprudencia consolidada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación que reconoce al trabajo en las cárceles como una forma de trabajo humano amparado por la Constitución Nacional.
Inconsistencias normativas
El análisis realizado por la Procuración también señala que el texto del proyecto tiene inconsistencias normativas: «Se necesita un debate amplio, técnico y bien fundado cuando se trata de modificaciones que impactan en forma directa sobre los derechos económicos y sociales de las personas en situación de vulnerabilidad«, remarcó Cejas Meliare.
La Procuración también elaboró un resumen ejecutivo destinado a facilitar la comprensión de los principales argumentos legales. Lo hizo con el objetivo de que se realice un debate público y legislativo de manera clara, responsable y seria sobre el asunto.
Hasta el momento, el trabajo intramuros en el ámbito federal mantiene su carácter remunerado. Pero desde el organismo advierten que existen desigualdades históricas en las jurisdicciones provinciales.
La Procuración también remarca la necesidad que existe de garantizar -a nivel federal- la protección jurídica y que la retribución laboral sea conforme a los estándares internacionales que incorporó el país.
Cejas Meliare concluyó: «Nosotros reafirmamos nuestro compromiso con la defensa de los Derechos Humanos de las personas privadas de libertad. Y consideramos que hay que construir políticas penitenciarias acordes a las normativas vigentes«.