El miércoles 3 de junio, Añelo, la localidad cabecera de la actividad hidrocarburífera no convencional en Vaca Muerta, tembló por octavo día consecutivo. Ese día, la cifra total de sismos en el 2026 llegó a 37, es decir, el doble de lo registrado durante el mismo período del 2025, que fue el año con mayor cantidad de sismos en la historia de la provincia. En este contexto de alta frecuencia, y por primera vez desde que la actividad del fracking desembarcó en Vaca Muerta (2013), la Sala II de la Cámara de Apelaciones del Fuero Contencioso Administrativo Federal ordenó al Instituto Nacional de Prevención Sísmica (INPRES) y al Servicio Geológico Minero (SEGEMAR) brindar información sobre los sismos y terremotos registrados dentro o cerca de la Cuenca Neuquina y de la formación geológica.

El 20 de enero de 2025, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) presentó un pedido de acceso a la información pública solicitando al INPRES registros completos de todos los sismómetros desde el 2012, datos de todas las estaciones dentro de los 100 kilómetros alrededor de los límites de la Cuenca Neuquina, y un registro completo de todos los terremotos y su latitud, longitud, profundidad, tiempo y magnitud, entre otras informaciones.

El INPRES intentó rechazar este pedido argumentando un convenio de confidencialidad firmado entre el instituto y la provincia de Neuquén, y que FARN no había demostrado urgencia ni daño irreparable (requisito para la acción de amparo). En ese sentido, justificó que “la divulgación de datos sísmicos incompletos o sin procesar podría dar lugar a interpretaciones erróneas y generar alarma pública”.

Vaca Muerta: la Justicia le ordenó al Estado publicar información sobre los sismos relacionados con el fracking
Estos sismos destruyeron casas y dañaron económica y psicológicamente a las comunidades.

FARN recurrió a la Agencia de Acceso a la Información Pública, con un reclamo amparado en la Ley de Acceso a la Información Pública Ambiental (Nº 25.831), la Ley de Acceso a la Información Pública (Nº 27.275) y el Acuerdo de Escazú.

Luego de una respuesta favorable de la Agencia de Acceso a la Información Pública, un amparo presentado por FARN y un rechazo de este reclamo por parte de la jueza de primera instancia, el pasado 5 de junio la Cámara de Apelaciones falló a favor del pedido de la organización señalando que la respuesta oficial sobre la “confidencialidad” de los datos no cumple con el requisito de motivación suficiente que exige la Ley de Acceso a la Información Pública y destacó que “el derecho de buscar y recibir información ha sido consagrado expresamente por la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, por la Convención Americana de Derechos Humanos, por el Acuerdo de Escazú y por la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

«Riesgos ambientales»

“Todos los epicentros de estos temblores fueron muy cercanos al pueblo y a un equipo de fractura. Esto da la pauta de que se debe tener cuidado con los sismos que acompañan cada nuevo espacio de fractura”, explica Javier Grosso, geógrafo de la Universidad Nacional de Comahue (UNComa) y miembro del Observatorio de Sismicidad Inducida (OSI), un proyecto independiente de investigación científica que materializa más de cinco años de monitoreo en la Patagonia.

“De acuerdo a datos del Observatorio de Sismicidad Inducida, desde que la actividad del fracking desembarcó en Vaca Muerta, en el año 2013, se han producido más de 644 sismos en la zona. Estos sismos destruyeron casas y dañaron económica y psicológicamente a las comunidades y localidades que habitan alrededor de la Cuenca Neuquina” destaca Cristian Fernández, coordinador del área de Legales de FARN, y agrega: “Ahora el INPRES debe cumplir con lo exigido por la Justicia, ser transparente y aportar información clara, veraz y respaldada por la ciencia para que la ciudadanía pueda ejercer un control democrático y crítico sobre una problemática que la afecta hace más de diez años”.

«La información que estamos solicitando –concluye Fernández– es fundamental para evaluar los riesgos ambientales de esta actividad y prevenir más impactos negativos sobre las personas”.