Natalia Gherardi (Directora ejecutiva de ELA – Equipo Latinoamericano de Justicia y Género)

Pensar una reforma judicial desde una perspectiva feminista implica analizar todo el sistema de administración de justicia y la manera en que debe vincularse con las políticas públicas. El poder judicial está distribuido en los territorios provinciales con lógicas parecidas pero no idénticas en términos de institucionalidad y procedimientos aplicables a la hora de resolver las controversias en las que está en juego la vigencia efectiva de nuestros derechos. En los casos de violencias por razones de género el impacto es más contundente, pero en muchos otros temas también operan los estereotipos desde los cuales se analizan las relaciones sociales de género.

Una reforma judicial feminista debe analizar los temas en toda su complejidad, sin que ninguna área del derecho le sea ajena. Es preciso considerar no sólo cómo está integrado el Poder Judicial sino también los Ministerios Públicos (de defensa y fiscalías), cómo se distribuyen, con qué recursos financieros, humanos y técnicos cuentan para responder a las necesidades de la población. La evidencia empírica debiera guiar el proceso de reforma: no se trata de imaginar cómo quisiéramos que sea, sino de analizar en base a los datos concretos cómo está funcionando y respondiendo (o no) a las necesidades de la población. Quiénes conforman el poder judicial en términos de género es relevante, pero también cómo trabajan y resuelven los casos a su cargo tanto varones como mujeres ya que todas las personas tienen la obligación de administrar justicia sin prejuicios de género ni de clase.

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Cristina Montserrat Hendrickse (Abogada trans)

Una reforma judicial transfeminista tiene que tener el objetivo de remover patrones socioculturales y estereotipos que están inmersos en la cultura de los decisores del Poder Judicial: jueces, camaristas, secretarios, decisores en distintos niveles —hasta un simple prosecretario—. Es necesario que incorporen la conciencia de género y se erradique del Poder Judicial una cultura conservadora y patriarcal que se evidencia en infinidad de fallos.

Una reforma transfeminista tiene que tener un importante contenido democratizador y popular. Es uno de los poderes menos democratizados porque en el legislativo y en el ejecutivo ingresa el pueblo, pero en el Poder Judicial, no. Y si ingresa alguien del pueblo es cooptado y elevado a la condición de semi Dios por los salarios, por la exención impositiva, por la permanencia indefinida en los cargos, por estar decidiendo sobre la vida, la suerte y el patrimonio de los demás. La reforma judicial transfeminista tiene que tener una justicia que no sea solo para las clases medias, medias altas sino también para las clases bajas.

Una justicia con jueces legos, no letrados para cuestiones de menor cuantía, con cercanía a la población, cercanía geográfica y con cercanía de empatía. No puede ser que una mujer que vive en un country y es llevada por su chofer de siempre a Lavalle 1220 resuelve o trata de comprender la problemática de mujeres que viven en Ciudad Oculta o la Villa 21-24, en la 31. Tiene que haber juzgados legos para comprender la idiosincrasia y comprender la cultura y resuelvan de acuerdo a esa cultura de forma rápida. Para lo cual es necesario ser abogado. En Neuquén, por ejemplo, hay Juzgados de Paz que tienen facultades para tomar cautelares urgentes en materia de violencia de género que después son revisadas por los Juzgados de Familia de las jurisdicciones competentes. Y no hay grandes errores en las decisiones que toman estos jueces que no son abogados. Bien podría haber justicia de menor cuantía, de violencia de género de inmediatez, sin dejar de lado que haya después una revisión para las cuestiones de fondo por jueces letrados. Pero sí una democratización: que estos jueces legos no sean permanentes en el cargo, que se renueven cada cuatro años y sean elegidos de acuerdo a la participación popular, por elecciones directas o indirectas.

Es necesario democratizar la justicia que es una de las herramientas del poder conservador a lo largo de la historia de la Argentina en la que se han anclado para defender sus privilegios: la Iglesia, la Justicia y el Ejército han sido las tres patas que usaron los sectores reaccionarios de este país para negar los avances de derechos para la mayoría de la población.


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Thelma Fardín (Actriz e integrante de Actrices Argentinas)

Es un momento en el que se está hablando mucho de la necesidad reforma judicial y nosotras tenemos que ocuparnos de que esa reforma sea feminista, trnasfeminista y con perspectiva de género. A nosotras nos toca muy de cerca porque convivimos con historias de madres protectores, víctimas de niñas, niños que sufren por las malas praxis de la justicia patriarcal pero ahora que empieza a calar en otros espacios y que se nota cuán fuerte son las jugadas políticas que puede hacer la justicia de a poco se empieza a mirar ¿qué es la justicia?

Porque cuando hablamos de justicia parece que es una cosa intangible, como si bajara la diosa de la justicia y supiera poner con sentido común cuáles son los parámetros justos y no es así. La justicia está encarnada por personas que tienen una ideología que por supuesto pertenecen a una casta judicial porque, por supuesto, la democratización de los espacios de poder no impregnó en espacios judiciales. Sí en los otros dos poderes pero no en el Poder Judicial. Y termina siendo gente que opera desde un lugar no solamente sin perspectiva de género sino que tienen la posibilidad de un casi anonimato. Cualquiera de los otros poderes está mucho más expuestos a rendir cuentas por sus cargos y no así a quienes ocupan cargos en la justicia.

Hay muchísima reticencia en esos espacios para formarse, para tomar los cursos que tenemos a partir de la Ley Micaela. Por supuesto hay que ponerlo en valor pero sabemos que no es suficiente. No te ponés los lentes de la perspectiva de género por tomar un curso una sola vez. Tiene que ser una cuestión cotidiana y ahí está el otro problema que es que ninguna de las carreras de grado que una se cruza cuando hace una denuncia, ninguno de todos esos profesionales tuvo formación en perspectiva de género.Y ahí es que surge esta necesidad de los movimientos feministas de encontrar otra salida, una salida por arriba de este laberinto. Yo siempre cito mucho a Zuleika Eisnal que tiene una frase que me parece muy poderosa en torno a la temática. Ella dice: “Si la justicia es machista, que sea feminista la memoria”. Me parece que vale la pena rescatarlo porque Argentina es un país que ha sabido construir memoria y que ha hecho justicia a partir de la construcción de la memoria pero no alcanza con que lo recordemos sino que eso tiene pregnar en los fallos.

Tenemos que poder sentar precedentes porque si estamos llamando a la sociedad, a las mujeres, a los hombres y a todas las víctimas de violencias a denunciar una vez que pueden identificar el tipo de violencia al que fueron sometidos, los llamamos a que hablen, no podemos encontrarnos con un sistema judicial que no solamente no da respuesta sino que pone trabas. Argentina está adherida a convenios internacionales que la obligan a hacer justicia y a que el Estado-y cuando digo Estado incluyo al Poder Judicial porque en este sistema muchas veces decimos Estado y parece que solo estamos hablando del presidente y se olvida todo lo que es el Estado en su totalidad. Argentina tiene que hacer uso de la debida diligencia, valorar la prueba para que se llegue a la verdad y a una forma de justicia. Pienso que nos metemos en un problema respecto a la no prescriptibilidad de este tipo de delitos, de abuso sexual.

En Argentina hay un precedente que me parece interesante, que es que se han hechos juicios por la verdad. Porque muchas veces los tiempos de la justicia no condicen con los tiempos de las víctimas, los tiempos para poder procesar emocionalmente a qué violencia una ha sido sometida. Entonces se encuentra que cuando una quiere hablar ante la justicia las causas están prescritas y en ese sentido la manera de resolver el problema entre los derechos humanos y que los delitos no prescriba. Es muy doloroso cuando una va a la justicia no poder encontrar un lugar de reparación donde poder dejar sentada la palabra.

Con la importancia que tiene poder construir el propio relato, reorganizar la propia historia, muchas veces cuando una decide romper el silencio si no tiene amparo judicial para dejar asentada su palabra, es el victimario el que puede llevarte a vos a la justicia tanto penal como civil, por calumnias e injurias o por daños y perjuicios. Entonces es fundamental que construyamos un formato en el que, sin meternos en la complejidad de los derechos humanos de aquellos victimarios, sí poder darle una respuesta sanadora y reparatoria a las víctimas que se atreven a romper el silencio, hablar y poder encontrar asentada la palabra. Construir memoria es vital para la salud de cada una de las personas que sufrimos distintos tipos de violencias.


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Sofía Caravelos (abogada)

Parecería que este reclamo –reforma judicial feminista– surge emparentado con hechos de violencia contra las mujeres y el deficiente abordaje policial/judicial antes de un desenlace fatal o luego, garantizando impunidad o invisibilizando los contextos de violencia. Pero entonces, debemos ser cuidadosas sobre hacia dónde nos conduce ese reclamo y cómo podemos re-direccionarlo, pues hace ya más de una década que en nuestro país el maridaje entre justicia y seguridad, conduce a lugares que poco resuelven.

Partamos entonces homologando determinados criterios para poder avanzar en una definición de qué es lo que significaría una reforma judicial feminista. Entendemos a la violencia hacia las mujeres y el colectivo LGTBI+ como expresión de las relaciones de poder entre los géneros. Siendo así, no podemos pensar más que en un abordaje integral, donde el ámbito de la justicia sea parte de una intervención más compleja. Si no acompañamos ese proceso con ese enfoque, podemos caer en el facilismo de pensar que con más medidas de vigilancia y más punitivismo resolvemos estructuras históricas de poder entre los géneros.

La justicia no es solo patriarcal, sino racista y clasista. Es necesario entrecruzar esos paradigmas. Y entonces, si se piensa en una reforma judicial en esos términos, deberíamos pensar en generar procedimientos especiales para el abordaje de casos que incluyan el quehacer judicial en articulación con el ejecutivo (pero no solo con el Ministerio de Seguridad). No se trata de un mero cambio de código procesal, sino más bien, pensar en sujetos jurídicos colectivos, o asociativos, integrando formas alternativas y comunitarias de abordaje de conflictos y a las redes comunitarias en la definición de esas resoluciones. Que los feminismos estemos incorporando en nuestras agendas una definición sobre la justicia, más allá del contenido de esa reforma (que claramente es necesario definirla) es permitirnos repensar aquel contrato social originario –donde quedamos excluidas– tensionando las bases mismas de la definición de Estado. Es una apuesta que nos devuelve a la escena de lo público en contraposición al espacio privado que nos retiene como ser social negado.

Ese debate que nos espera, no va a transitarse en armonía. No nos va a encontrar unidas de la misma forma que frente a la indignación por las violencias. Estamos definiendo una nueva forma de vivir en comunidad y en relación con el medio ambiente. Y en una nueva organización social, es evidente entonces que son esos privilegios de clase, de raza y de género los que vamos a revolucionar.



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Paula Litvachky (Directora ejecutiva del CELS)

La pregunta por la reforma judicial feminista tiene varias capas de respuesta. Creo que lo primero es salir de una mirada meramente institucionalista de la idea de reforma. No se trata únicamente de dos o tres ajustes al sistema actual, ni de lograr que más mujeres ocupen lugares judiciales. Esto puede ser importante pero no conduce necesariamente a un cambio de lógica de respuesta judicial. La pregunta es fundamentalmente política. Estos cambios vendrán también del reclamo que se consiga organizar con otres colectivos que demandan también cambios profundos. Demandas sociales, por un lado, y nuevas formas de defenderse y demandar judicialmente por consideración y reconocimiento.

El activismo judicial feminista interseccional (por ponerle un nombre) ha venido haciendo un surco que muestra cuán lejos está el sistema judicial de dar una respuesta reparadora de las injusticias y cuán presentes están los prejuicios, el clasismo, el racismo y el machismo en las formas jurídicas, en las interpretaciones que hacen de estas categorías, en los tiempos de la burocracia judicial, en la formas de escucha y en las decisiones de política judicial. El sistema judicial procesa conflictos, reclamos, disputas de distribución y reconocimiento.

Las reformas judiciales que se necesitan (en plural) tienen que estar orientadas a trabajar sobre este diagnóstico. Reformas procesales, planes de acceso a la justicia, cambios en la integración de la estructura judicial, repensar las respuestas para encontrar formas de reparación que no profundicen las desigualdades. Y, por último, la pregunta sobre la representación. Les fiscales, por ejemplo, representan los intereses de la sociedad. ¿Pero qué intereses y qué sociedad? Las discusiones sobre el ministerio público, sobre el acceso a la justicia y las defensas públicas debieran estar atravesadas también por discusiones sobre esta representación, sobre cómo visibilizar a quienes reclaman e intentan visibilizar formas particulares de violencia, desigualad o discriminación.

YoNoFui

Desde nuestro colectivo venimos haciéndonos preguntas en relación a qué otros modos de justicias somos capaces de imaginar. Ponemos en crisis la idea de que la Justicia –el sistema de justicia- es quien pueda resolver las demandas del feminismo; más aún, quien pueda resolver los conflictos entre las personas. Una reforma judicial para ser verdaderamente feminista debería correr su lente de la mirada punitivista; apuntando a construir otros modos de justicias alejados de la lógica del castigo carcelario que como sabemos, no sirve para nada, vulnera derechos y destruye los tejidos afectivos de quienes transitan por la privación de libertad. Pero para eso falta, entonces se nos ocurren algunas acciones concretas que colaboren en disminuir la vulneración de derechos que el castigo por excelencia, el encierro, provoca:

Revisión de causa y absolución en el marco de la Ley 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) para mujeres cis, personas trans, lesbianas y no binaries condenadxs por aborto y/u homicidio agravado por el vínculo y/o abandono de persona en concurso real o ideal. Ya que la Ley es de aplicación inmediata y por el momento solo ha sido de público conocimiento una resolución en el fuero platense que va en sentido.

Desestimación de las imputaciones, en el marco de la Ley 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) a personas denunciadas que aún se encuentran en proceso.

Revisión de causa con perspectiva de género en hechos donde se han imputado mujeres cis, personas trans, lesbianas y no binaries acusadxs de homicidio agravado por el vínculo, cuando se defendían de su agresor.

Revisión de causa con perspectiva de género en los procesos judiciales donde se han condenado mujeres cis, personas trans, lesbianas, no binaries acusadas de homicidio agravado por el vínculo sin haber tomado en cuenta el atenuante de no haber podido acceder en tiempo y forma al IVE (Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo).

Revisión de causa con perspectiva de género en los procesos judiciales donde se ha procesado y/o condenadx mujeres cis, personas trans, lesbianas, no binaries acusadxs de tráfico de estupefacientes, sin haber tomado en cuenta atenuantes como la vulneración de derechos existentes en sus trayectorias de vida, ser el último eslabón dentro de la cadena de tráfico (menudeo), la situación económica y/o familiar a la hora de ser imputadx.

Modificación en la Ley 23.737 (Ley de estupefacientes) para que se han tomados en cuenta, dentro de su interpretación, atenuantes como la vulneración de derechos existentes en sus trayectorias de vida, ser el último eslabón dentro de la cadena de tráfico (menudeo), la situación económica y/o familiar a la hora de ser imputadx.

Perspectiva de género durante los procesos donde resultaren acusadxs mujeres cis, personas trans, lesbianas, no binaries en causas caratuladas como Homicidio agravado por el vínculo u Homicidio para despejar cualquier motivación de legítima defensa. Casos como el de Higui son fundamento de este pedido.

También nos parece fundamental que existan políticas públicas concretas de integración laboral, social, educativa y económica para les compañeres que recuperan su libertad. Creemos necesaria estas disposiciones también para compañeres que se encuentran en arresto domiciliario.

También creemos necesario el cese del pedido de antecedentes penales a la hora de buscar un trabajo dentro del ámbito privado y del Estado. Ya que se vuelve a criminalizar a las personas aún después de haber salido de la cárcel.

Y nos parece fundamental continuar con la política de restitución de derechos para todes les compañeres migrantes que empezó con la derogación del decreto 70/17 que criminalizaba la migración. Al día de hoy, personas extranjeras que ya cumplieron con sus condenas vuelven una y otra vez a ser criminalizadxs cuando no pueden acceder a obtener su DNI argentino de residente por contar con antecedentes penales, aún cuando tienen familiares en el país y cuentan con años de residencia entre sus fundamentos.

Esta situación impide su acceso a derechos básicos y a las políticas públicas que le corresponden a cualquier persona que pise este suelo. Es necesario enmendar la sucesión de vulneraciones que tuvieron lugar cuando el decreto estuvo vigente: (desde el regreso de las personas que sufrieron una expulsión compulsiva aún sin tener condena firme y sin haber podido acceder a una defensa legal, hasta la imposibilidad de miles de compañerxs que no tienen acceso a documentarse para acceder a lo que les corresponde por derecho viviendo en este país.


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Alejandro Mamani (Abogado e integrante de Identidad Marrón)

Esto lo digo aclarando que soy un varón cis, soy marrón y que en cierta forma mi autoridad respecto a una opinión en lo que tiene que ver con el feminismo me es lejana, pero sí en torno al acceso a la justicia. Creo que uno de los puntos importantes al hablar de que necesitamos una reforma judicial que viene de una estructura súper añeja en términos temporales, legitimada por su acción claramente auto legitimada y que a su vez tiene unas dinámicas de acción y procesos que están quedadas en el tiempo y bastante vetustas. Entonces, a mí me gusta hablar de una reforma judicial. Necesitamos una reforma judicial para un acceso efectivo a derechos, un acceso efectivo a la justicia. Y cuando hablo de un acceso efectivo a la justicia, no lo digo solamente en esta cuestión de una perspectiva de género que es súper necesaria en los juzgados y en las fiscalías. Es súper necesario una perspectiva de género que entienda la cuestión estructural respecto al machismo y la afectación diferenciada a las mujeres de la violencia. Eso es súper necesario, así también como alertas tempranas a la hora de toma de denuncia y demás, entendiendo que la respuesta punitiva no siempre es la mejor respuesta y que la resolución alternativa de conflictos con perspectiva de clase tiene que estar presente en la estructura judicial, pero poniendo el foco en este acceso real a la justicia.

No quiero decir una perspectiva interseccional porque no me gusta como suena, no me parece comprensible para un promedio de personas. Entonces, por eso hablo de un acceso a la justicia en términos efectivos, un acceso a la justicia en términos reales. Efectivos porque los colectivos vulnerados (LGTBIQ, travestis, trabajadoras sexuales, empleadas domésticas, personas marrones, personas de ascendencia indígena, personas de la clase popular, afrodescendientes, personas con discapacidad) tienen derecho a acceder a una justicia de forma igualitaria y sustantiva como ciudadanos, como habitantes, porque ni siquiera hace falta tener el estatus de ciudadano para tener acceso a la justicia como habitante del territorio argentino.

Y ese es el punto esencial en esta reforma. Tenemos que aggiornar a la justicia para que esté a disposición del pueblo y deje de ser una herramienta en la cual muchas veces la clase media termina debatiendo sus conflictos. Que no está mal. Pero el acceso a la justicia tiene que ser irrestricto público. Tiene que fomentarse una posibilidad a las clases populares para acceder a una justicia efectiva, porque las clases populares son las que sufren diferencialmente este no acceso. El foco tiene que estar puesto en un acceso real a la justicia donde la solución de conflictos no puede plantearse únicamente desde la perspectiva del punitivismo. Por eso planteo también la posibilidad de una resolución alternativa de conflictos. Así también como situaciones de alerta temprana. Porque la justicia tiene que poder medir, tiene que poder preveer, para que el Estado no sea cómplice de los femicidios, de los crímenes de odio. Tienen que poder prever situaciones que ameriten una intervención temprana en la justicia de diferentes formas.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, en toda su historia, ha tenido solo tres mujeres. En toda la historia argentina los jueces y juezas de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de muchos tribunales son blancos y necesitamos poder hablar cuando hablamos de una reforma judicial, del racismo estructural que permea la justicia, del racismo estructural que permea las estructuras del Estado, que son las que mantienen a casi la mitad de la población carcelaria sin una sentencia firme y sin un acceso a un debido proceso por ser de clase popular y por tener una condición étnica que los termina determinando a un destino de pobreza.

Tenemos que entender que el racismo estructural en la justicia es lo que afecta a los derechos de los pueblos indígenas, a las comunidades indígenas de la clase popular, donde se dan menos importancia a ciertas demandas, a ciertos planteos, donde la justicia no existe porque son personas a las cuales si no se les brinda el acceso a la justicia, no van a haber un reclamo, un castigo ulterior. Tenemos que empezar a hablar de esto, tenemos que empezar a hablar de la justicia como parte del servicio a la sociedad y que quizás una reforma con esta perspectiva. Yo celebro un montón la Ley Micaela y los cursos de formación pero no es solamente cursos de formación. Respecto a feminismo, tenemos que empezar a tener una justicia capacitada, no en términos enunciativo, sino en términos sustantivos.


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Mónica Macha (Diputada nacional. Presidenta de la Comisión de Mujeres y Diversidades)

A la hora de pensar que debería tener un poder judicial transfeminista, se me ocurren dos primeras líneas. La primera es la conformación de quienes llevan adelante las funciones dentro del Poder Judicial. Debería contemplar la incorporación de personas con las distintas identidades de géneros, no solamente con con dos, porque eso implica una perspectiva diferente de la vida, de las relaciones, de los problemas, de todas las cuestiones que después se van a poner en juego al momento de definir la situación de otra persona, en el marco de una sentencia, de una condena, de un acompañamiento a una víctima.

Y, por otra parte, creo que es muy importante una formación continua al estilo de la Ley Micaela, pero con una incorporación de la diversidad sexual más presente, porque en eso después se ponen en juego las sentencias y las condenas que se dictan o, como lo vemos con Tehuel, la importancia que ponen en la búsqueda de una persona o no. Entonces me parece que esas son instancias que nos permiten o por lo menos me permiten a mí visualizar hacia dónde debería ir esta reforma judicial trans feminista.


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Ana Oberlin (Abogada especializada en género, derechos humanos y derecho penal)

Creo que una reforma judicial transfeminista es fundamental en este momento. El sistema judicial viene demostrando desde siempre que es un sistema conservador que esta creado de esta forma para garantizar la hegemonía de determinadas miradas, que no solo son cis-hetero-patriarcales, machistas y misóginas sino que también son clasistas. En el es una mirada que en general invisibiliza no solamente las experiencias de mujeres, lesbianas, gays, travestis, bisexuales, no binaries y trans, sino que también invisibiliza las vivencias de niñes, de adultes mayores, de personas en situación de pobreza de una manera atroz. Es un sistema que realmente genera más violencia y más dolor. Entonces, una reforma judicial transfeminista tiene que incluir no solamente la “perspectiva de género” sino también una perspectiva de derechos humanos, que no solo es necesaria sino también obligatoria por distintos instrumentos internacionales y leyes nacionales en Argentina.

Para lograr incluir esa mirada, lo primero que hay que atacar es la forma en que somos educades quienes estudiamos Derecho. Creo que hay que hacer una reforma muy profunda en las curriculas de las facultades, donde hoy las materias que incorporan al feminismo o transfeminismo son optativas y ni siquiera están en todas las facultades; no hay un enfoque transversal a lo largo de la carrera. Sin duda hay una impronta muy marcada por una mayoría de docentes varones cis heterosexuales y de determinados sectores sociales, y sin cambiar eso va a ser practicamente imposible formar a nuevos operadores judiciales que tengan una perspectiva diferente para lograr una reforma judicial transfeminista. Además, creo que hay que modificar la forma de selección de quienes ingresan al Poder Judicial.

Es sumamente importante que quienes seleccionan a esos integrantes tengan estas perspectiva —e insisto, tienen que tenerlas porque es obligatorio para les funcionaries judiciales— y sea un aspecto a evaluar a la hora de elegir a una persona que va a integrar el Poder Judicial en cualquiera de sus niveles; creo que es sumamente importante democratizar el ingreso porque parte del problema es que hoy quienes integran el Poder Judicial son les hijes de otres funcionaries judiciales que en general no tienen una formación que realmente incorpore una perspectiva transfeminista. Cuando se logra tener esta perspectiva lo importante también es —y lo digo desde el Derecho Penal porque es lo que conozco y porque creo que es el lugar más difícil de modificar— se tiene que reformar y cambiar todo para que el contacto de las personas que sufren delitos, pero tambien de quienes transgreden la ley, con el el sistema de justicia sea en un marco respetuoso y que no genere mayor violencia institucional por parte de los funcionaries a cargo; creo que para romper con ese sistema cisheteropatriarcal que la justicia promueve y sostiene —y cuya hegemonia garantiza— es necesario que desde el minuto uno, desde el comienzo de cualquier investigación penal, desde la forma en que se recogen las pruebas, este presente esa perspectiva transfeminista y de derechos humanos, que se tenga en claro la desigualdad estructural en la que nos encontramos las mujeres cis, trans, gays, lesbianas, personas no binarias, pero tambien niños, niñas, adolescentes y adultos mayores en nuestra sociedad. Y esto lo digo particularmente porque hay muchos casos de personas trasgresoras de la ley que cuando sus causas no son abordadas como corresponde, por la forma en que se investiga y se juzga, se termina generando nuevas formas de discriminación y violencia hacia esas personas.

Y otra cuestión que es sumamente importante es que hay que descontracturar y desritualizar el proceso penal en la forma en que hoy está planteado porque lo que genera es mayor dificultad en el acceso. Hay una cuestión con el lenguaje que es terrible: es un lenguaje que genera situaciones de poder y desigualdad que forman parte de la estructura que garantiza el poder de quienes ejercen el Derecho. Si pensamos en una transformación transfeminista, tenemos que tener esto en cuenta porque justamente una forma en la cual se ha construido el sistema judicial es alejándose muchísimo del resto de la sociedad, incluso desde el lenguaje. Parte de democratizar de una vez por todas el Poder Judicial, tiene que ver con romper con eso. Si no rompemos con eso, va a ser muy difícil conseguir una reforma de este sistema que es vetusto, antiguo y que está basado en valores y principios que asustan y que tiende a conservarse a sí mismo, y a conservar y promover el sistema cisheteropatriarcal.

Esto tambien tiene que venir de la mano de ocupar espacios de poder que hoy solo son ocupados por varones cis, heterosexuales, de clases medias altas y blancos —y digo blancos en términos de sujetos no racializados—, por eso no se trata de incluir a mujeres, gays, lesbianas y trans en el Poder Judicial sino que hay que garantizar que esas personas tengan un lugar de poder y que les funcionaries tengan una perspectiva transfeminista.


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