El procesamiento confirmado de la ex presidenta Cristina Fernández, su ex ministro de Economía Axel Kicillof y otros funcionarios del Banco Central y la Comisión Nacional de Valores por los contratos de «dólar futuro» tiene un próximo, inminente e incierto destino: la Cámara Federal de Casación Penal.

Gran parte de los abogados defensores de los imputados presentarán en la semana que comienza los recursos de apelación para que el máximo tribunal penal revise las 40 páginas que contiene el fallo de la Cámara Federal, en el que los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah ratificaron los procesamientos. Como suele ocurrir, últimamente con exagerada frecuencia, la suerte de ese recurso estará sometida a un bolillero.

La Cámara de Casación solo interviene ante sentencias definitivas o equiparables a tal. ¿Qué sería eso, en este contexto? Que los imputados ya hubieran sido juzgados en un proceso oral y público y hubiera una sentencia, no importa cuál; que los imputados hubieran sido sobreseídos, lo que pondría en el tapete la posibilidad cierta del fin de la causa, o también que alguno de los imputados estuviera detenido. La norma procesal equipara el estado de detención a una sentencia definitiva, porque ocasiona al detenido una situación que no tiene reparación con una corrección posterior: nadie le devuelve los días que pasó encerrado sin merecerlo.

Ninguna de esas circunstancias se da en este caso. Entonces, todo indica que los jueces Irurzun y Farah rechazarán el «recurso extraordinario» (para llegar a la Casación, los mismos jueces que confirmaron el procesamiento tienen que abrir esa puerta). Los procesados igualmente pueden llegar hasta la máxima instancia penal, pero por vía de un «recurso de queja», cuyas posibilidades de éxito son restringidas. Además, el 25% de los cargos de juez en la Casación están vacantes. Un mismo juez puede integrar tres de las cuatro salas simultáneamente. Y los criterios sobre si en este caso se debe revisar o no el fallo «dólar futuro» no son unánimes. En buena medida, el futuro judicial de los imputados está sujeto al azar.

Esa combinación de la madeja procesal con el momento político, y más allá de los cuestionamientos que merece el fallo de la Cámara Federal, parecen conducir inevitablemente al juicio oral. «