La iniciativa unificada prevé una actualización del Mínimo No Imponible una vez al año y que sólo afectará al diez por ciento de los trabajadores registrados que más cobren. Según el texto plantea que el monto bruto del soltero que pagará ganancias será a partir de los 34.500 pesos, en tanto que para los casados con dos hijos será desde los 44 mil pesos. Entre los puntos más importantes es que de sancionarse la norma el aguinaldo no pagará más ganancias, tampoco aquellos jubilados que cobren por debajo 60 mil pesos mensuales y, por el contrario, los nuevos magistrados pagarán el impuesto.

Las deducciones previstas se aumentan más para los que menos ganan que se realizará con una fórmula progresiva. En este punto, se acepta la deducción por alquiler hasta 66 mil pesos por año, gastos de educación privada en caso de que los que pagan el gravamen no pudieron inscribir sus hijos en escuelas públicas por falta de vacante u oferta pública. También se podrá deducir por créditos hipotecarios. En lo que hace a los monotributistas el proyecto plantea la actualización de los montos de facturación y se permite el ingreso en un plazo de un año.

En cuanto las formas en que se recuperará el costo fiscal que implica esta ley el proyecto reincorpora el cobro de las retenciones a la minería. Por otra parte se grava la renta financiera en cuanto a plazos fijos y Lebac mayores a un millón y medio de pesos más ganancias de capital e interés para otros activos financieros cuando la ganancia supere los 300 mil pesos.

La iniciativa plantea también el regreso del cobro del envío de dividendos al exterior en un porcentaje del 7,7 por ciento. Por otra parte, se incluye un gravamen del 7,5 por ciento para las apuestas online y de un 10 por ciento para el valor de las máquinas de juego o tragamonedas.

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