La Corte Suprema desestimó sendos recursos extraordinarios presentados por los condenados por la represión que precedió a la caída del gobierno de Fernando De la Rúa, pero las condenas aún no están firmes y podrían terminar prescribiendo. El máximo tribunal rechazó las apelaciones presentadas, entre otros, por el ex secretario de Seguridad de la Alianza, Enrique Mathov, y el ex jefe de la Policía Federal, Rubén Santos.

La Corte rechazó los recursos extraordinarios porque no se trata de sentencias definitivas, ya que todavía falta precisar a qué penas serán condenados. En idéntica situación están los ex policías Norberto  Gaudiero, Carlos López, Víctor  Belloni, Raúl Andreozzi, Roberto Juárez y Omar Bellante.

Pero en sus casos, las condenas dictadas por un tribunal oral federal fueron parcialmente corregidas por la Cámara Federal de Casación, que si bien ratificó la responsabilidad por la represión que causó muertos y heridos, ordenó modificar los montos de las penas.

Sin embargo, los jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, sí dejaron firme la condena contra el ex  superintendente de Seguridad Metropolitana, Raúl Andreozzi, a tres años de prisión en suspenso e inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por seis. También quedó firme la condena contra el sargento primero Roberto Juárez.

El fallo de la Corte despeja el camino para un nuevo cálculo de las condenas, pero atento al tiempo transcurrido desde los hechos y una compleja alquimia sobre los actos interruptivos de la prescripción, las defensas de todos los imputados podrían pedir el cierre definitivo de la investigación sin culpables.

El presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, se excusó de intervenir en la causa, por razones que el fallo no explicó. El expediente volverá ahora al tribunal oral federal número seis para que establezca las penas; luego, apelación mediante, volverá a intervenir la Cámara de Casación y, finalmente, otra vez la Corte.

Para recorrer el camino que llevó a la primera intervención del máximo tribunal pasaron cinco años desde el juicio oral. Una nueva demora de similar magnitud ahora podría conducir inexorablemente a la prescripción de la causa.