La Causa D’Alessio también se encamina a viajar a Comodoro Py 2002. La Sala Segunda de la Cámara Federal de Casación Penal quedó a cargo de la revisión integral de todas las decisiones adoptadas por el aún juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, en el marco de los 70 cuerpos que tiene el expediente y los 179 legajos de incidentes, varios de ellos con voluminosos anexos de prueba. La Sala está integrada por los jueces Guillermo Yacobucci, Carlos Javier Carbajo y Eduardo Riggi. La tendencia de sus fallos y la concepción filosófica y doctrinaria con que conciben el ejercicio de la magistratura abre la puerta a una inferencia: más allá de lo avanzada que esté una investigación en curso, lo determinante de la competencia es el lugar donde ocurrieron los hechos. Y las defensas de los imputados, con sus más y sus menos, coinciden en que los hechos centrales de la investigación que tiene como pivot de una veintena de operaciones ilegales al falso abogado Marcelo D’Alessio se pergeñaron e incluso se concretaron en la Capital Federal.

Así, las dos causas por presunto espionaje ilegal durante el gobierno de Cambiemos quedarían radicadas ante sendos jueces en los tribunales federales de Retiro, tal como fue siempre la pretensión de los investigados. El viernes pasado, otra sala de la Cámara de Casación resolvió que la causa que tramita ante el juzgado federal de Lomas de Zamora a cargo del juez Juan Pablo Augé debía cambiar de jurisdicción y pasar a la jueza porteña María Eugenia Capuchetti, con intervención del fiscal Carlos Stornelli. Si bien esa decisión fue momentáneamente suspendida (Augé ya había enviado todo el expediente a Comodoro Py y hoy tuvo que pedir que le devolvieran lo que se había apresurado a desprenderse), la decisión de los camaristas se mantiene. Sólo entra en una etapa de revisión, que terminará -por una u otra vía – en la Corte Suprema de Justicia.

Los jueces que firmaron ese fallo fueron Mariano Borinsky y Carbajo, este último integrante de la Sala que debe resolver sobre la causa de Dolores. En el otro expediente, para quitarle la investigación a Lomas y enviarla a Retiro explicó que “corresponde ajustarse al principio de jurisdicción establecido constitucionalmente. El artículo 118 de la Constitución Nacional establece que “La actuación de estos juicios [criminales] se hará en la misma provincia donde se hubiera cometido el delito…”, estableciendo de esa forma el principio de territorialidad -conocido como “fórum delicti comissi”- como método de asignación de la jurisdicción de los juicios criminales federales”.

Si ese criterio se mantiene, el voto parece cantado.

De los otros dos jueces, uno – Riggi- es severamente cuestionado por una de las víctimas del espionaje ilegal: Cristina Fernández de Kirchner. De hecho, el abogado de la vicepresidenta, Carlos Alberto Beraldi, promovió contra él el juicio político por una supuesta maniobra para beneficiar a funcionarios del gobierno de Cambiemos en la investigación sobre un presunto armado artificial del expediente por el que estuvieron presos y hoy continúan sometidos a juicio oral y público los empresarios Cristóbal López y Fabián De Sousa.

El otro, Yacobucci, tiene un perfil técnico pero a modo de ejemplo, en los pedidos de morigeracion de encierro, excarcelación o prisión domiciliaria de condenados por delitos de lesa humanidad durante la última dictadura muestra por lo general una postura favorable a la concesión de esos planteos.

Se trata, a priori, de un tribunal proclive a analizar las apelaciones con una mirada contemplativa hacia la postura de los imputados. Deberán resolver no sólo la cuestión de competencia sino también los planteos por otras situaciones, entre ellas el desprocesamiento del periodista Daniel Santoro y la confirmación de la imputación contra el fiscal Stornelli por sólo dos de los hechos por los que lo había procesado el juez Ramos Padilla.

Según documentación a la que accedió Tiempo, el tribunal ya recibió “el pase digital en las presentes actuaciones, no habiéndose recepcionado el expediente papel ni documentación, registrándose en los libros correspondientes”. En ese contexto, se le notificó a las partes “la radicación del expediente ante esta Sala II integrada por los Dres. Guillermo J. Yacobucci, Carlos Javier Carbajo y Eduardo Rafael Riggi. De igual modo, se notifica a la defensa particular de Carlos Stornelli, como así también a la Fiscalía General. También, se hace saber a las partes querellantes y a las restantes defensas que la presente causa tramita ante esta Sala II”.