La provincia de Buenos Aires finalmente adhirió hoy al “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo”, que incluye las actualizaciones incorporadas por el Ministerio de Salud de la Nación el pasado 12 de diciembre.

La adopción de la guía de atención de abortos no punibles fue anunciada hoy y se transformó en la primera resolución conjunta del ministro de Salud bonaerense, Daniel Gollán, y la ministra de las Mujeres, Políticas de Género y Diversidad Sexual, Estela Díaz. De esta manera, el gobierno bonaerense actualizó el protocolo que se usa en los hospitales públicos desde 2012, conforme al marco jurídico argentino, y que la ex gobernadora María Eugenia Vidal se negó a aggiornar en 2016, derogando una resolución que su entonces ministra de Salud, Zulma Ortiz, había firmado al respecto. 

Se trata de una guía de actuación para que los equipos de salud puedan cumplir con el fallo de la Corte Suprema de la Nación que establece que, quien se encuentre en las condiciones descriptas en el artículo 86 del Código Penal -es decir, si existe peligro para la vida de la madre o si el embarazo proviene de una violación- no puede ni debe ser obligado a solicitar una autorización judicial para interrumpir su embarazo.

«Hoy estamos poniendo en marcha algo que tendría que ser una naturalidad, estamos hablando de aquello que en Argentina es legal, pero consideramos que a partir de contar con esta herramienta habrá gente de los equipos de salud que va a empezar a perder el miedo y a participar del acceso a este derecho de forma rutinaria», señaló Gollán al presentar la resolución en la Sala de Situación de la cartera sanitaria, en La Plata.

Díaz, por su parte, sostuvo que «la guía que se acaba de actualizar es construida sobre la que hizo Daniel (Gollán), en 2015, siendo ministro de Salud de la Nación”, y detalló que servirá a los equipos de salud para guiar los procedimientos en interrupciones legales del embarazo contempladas por el Código Penal en su artículo 86 incisos 1 y 2.  «Estamos hablando de una legislación del año 1921, centenaria, y se establece qué procedimientos realizar para cuando el aborto produce un problema para la salud y la vida de la mujer, o en los casos en que el embarazo es producto de una violación», agregó.

El protocolo ILE toma las últimas indicaciones de la Organización Mundial de la Salud y de la Organización Panamericana de la Salud para que el procedimiento quede más claro, haya menos intermediarios y «se garantice el derecho a la salud de algo que es totalmente legal».

En cuanto a la objeción de conciencia, Díaz explicó que ya estaba contemplada en protocolos previos y detalló que en esta nueva guía queda claro que es un derecho individual, pero que las instituciones de salud pública deben garantizar en todos los casos pertinentes el acceso a los abortos no punibles.

La ministra insistió en la necesidad de aplicar el protocolo y no demorar los procedimientos porque para la salud de la mujer y para el sistema de salud público «es costosísimo cuando llegan mujeres con interrupciones del embarazo realizados en el circuito clandestino e inseguro; en cambio, la práctica del aborto en el primer trimestre de gestación es sencilla, medicamentosa y hasta se puede atender no sólo en los hospitales, sino en los centros de atención primaria de la salud».