De nuevo. El fiscal general José Luis Agüero Iturbe dejó caer la denuncia del ex vicepresidente Amado Boudou por la designación como camarista federal por decreto del expresidente Mauricio Macri, «como premio» tras haberlo condenado a cinco años y diez meses de prisión por la Causa Ciccone.

El juez federal Ariel Lijo había archivado en julio pasado la denuncia de Boudou, representado por los abogados Graciana Peñafort y Alejandro Rúa, por «inexistencia de delito». Pero el fiscal Franco Picardi apeló y el caso llegó a la Cámara Federal.

Agüero Iturbe reconoció que «en efecto, esta investigación tiene por objeto determinar si el Gobierno anterior de Mauricio Macri a través de la denominada ‘mesa judicial’ ordenó el traslado de  Bertuzzi como premio por lo resuelto en el juicio celebrado ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 4 en la causa caratulada ‘Boudou, Amado y otros s/cohecho y negociaciones incompatibles».

La investigación, según se desprende del propio expediente, buscaba «elucidar si en el marco de la disposición del traslado de Bertuzzi pudieron haber mediado delitos de acción pública –con la posible intervención de entonces funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional y/o terceras personas que la investigación pudiera indicar–, traducidos en vinculaciones espurias presuntas que se habrían establecido entre dicha disposición y la intervención de ese magistrado en el proceso incoado ante el Tribunal Oral».

Según la hipótesis de la acusación, «Bertuzzi habría establecido negociaciones prácticamente públicas con miembros del Gobierno en miras a conseguir su traslado al mentado Tribunal de Alzada, y ellas habrían sido concomitantes al desarrollo del juicio que culminó con la condena del aquí denunciante, Amado Boudou».

La causa, en rigor, fue un desprendimiento de un expediente más grande: el de la «mesa judicial» del macrismo. Allí permanece aletargada una investigación sobre «las posibles maniobras que habrían estado destinadas a interferir indebidamente en la actuación funcional de ciertos magistrados y/o a determinar fallos concernientes a pleitos de su competencia, en los que la gestión del Poder Ejecutivo a cargo de la coalición política Cambiemos era parte y/o mantenía intereses especiales en sus resoluciones».

¿Por qué el juez Lijo –quien llevó adelante la primera etapa de la causa en la que Boudou terminó condenado y preso- consideró que no había delito? Su decisión se basó en que el traslado «fue realizado de conformidad con las normas que regulan su desarrollo» y en que «la sentencia condenatoria fue revisada y confirmada por la Cámara Federal de Casación Penal, de modo que se vieron satisfechas todas las garantías del debido proceso». Lijo afirmó que «más allá de las apreciaciones subjetivas de la denuncia, no hay elementos de prueba concretos que objetivamente acrediten la hipótesis delictiva planteada». Más aún: consideró que no existen razones «que permitan presumir la existencia de una relación concreta entre el trámite de traslado de Bertuzzi y su actuación en el juicio oral y público» en el que Boudou terminó en prisión.

El fiscal Picardi entendió que la decisión era prematura y pidió, entre otras medidas de prueba, averiguar si en la documentación extraída del teléfono de Darío Nieto, el secretario privado de Macri y hoy legislador porteño, había menciones o alusiones a Boudou o Bertuzzi. Reclamó, vía apelación, «que se solicite al Juzgado Federal número ocho una certificación de aquellos contenidos del teléfono celular de Darío Nieto, incautado en el marco de la causa FLP 14.149/2020», el expediente por presunto espionaje ilegal masivo durante el gobierno de Cambiemos a socios y opositores políticos, sindicalistas, organizaciones sociales, víctimas del ARA San Juan, clérigos y hasta comedores barriales.

Agüero Iturbe, superior jerárquico de Picardi, desistió de la apelación y, en consecuencia, también de esa medida de prueba. ¿Por qué lo hizo? Porque anteriormente, en el marco de otra investigación, ya había sido descartada cualquier irregularidad en el traslado de Bertuzzi. ¿Quién hizo esa investigación? Agüero Iturbe.

«Corresponde señalar que por ante esta Fiscalía General tramitó bajo el número 572/2020 del registro de esta dependencia una investigación preliminar iniciada a raíz del correo electrónico enviado por la Secretaria Disciplinaria y Técnica de la Procuración General de la Nación mediante el cual se informa la posible comisión de un delito de acción pública; en virtud de la denuncia efectuada por Oscar Isidro José Parrilli con fecha 26 de mayo de 2020». Agüero Iturbe se citó a sí mismo en aquel expediente que ni siquiera llegó a ser una causa judicial: «considero que no se advierte irregularidad alguna que permita el inicio de una investigación penal al respecto». «Mal podría esta fiscalía adoptar una postura distinta al decidir por idéntico suceso, con la misma prueba y los mismos fundamentos que oportunamente tuve en cuenta al resolver archivar aquellas actuaciones por no constituir delito el hecho denunciado».

Agüero Iturbe es el fiscal que recientemente apeló el sobreseimiento de Mauricio Macri en la causa por espionaje ilegal a familiares de los 44 marineros muertos por el colapso del submarino ARA San Juan. Pero es también quien desistió de apelar el sobreseimiento de todos los imputados en la causa iniciada por las visitas de los jueces de la Casación Mariano Borinsky y Gustavo Hornos al propio Macri en la Quinta de Olivos y en la Casa de Gobierno sin que lo supieran sus propios colegas.

Es habitual que Agüero Iturbe no sostenga los recursos ante la Cámara Federal presentados por los fiscales de la instancia anterior. A nadie le gusta que descarten y ninguneen su trabajo; a los fiscales de primera instancia, a los que Agüero Iturbe desautoriza desistiendo de las apelaciones, tampoco.

En sus escritos suele repetir machaconamente: «las denuncias de gravedad institucional deben ser investigadas; no importa que el denunciado se llame Juan, Pedro, Cristina o Mauricio». Sobre Amado, Pablo, Mariano o Gustavo no dijo nada. «

Rechazan las recusaciones al Tribunal de la causa Obra Pública

El Tribunal que juzga a Cristina Fernández por la obra pública en Santa Cruz entre 2003 y 2015 rechazó todas las recusaciones contra dos de sus jueces y los dos fiscales que intervienen en el juicio. A última hora del viernes, el Tribunal emitió dos resoluciones, firmadas ambas por los dos jueces recusados (Rodrigo Giménez Uriburu y Jorge Gorini), más el que no lo estaba, Fabián Basso, desestimando in limine (es decir, sin mayor tratamiento) los planteos recusatorios a los que se habían sumado las defensas de otros cuatro imputados, además de la vicepresidenta. «